El Arzobispo de Río de Janeiro (Brasil) declaró que el P. Leonardo Holtz Peixoto incurrió en excomunión inmediata por el "grave delito de cisma", al rechazar "pública y notoriamente el reconocimiento y la sujeción" al Papa Francisco y a su pastor.
En un decreto del 29 de noviembre, el Cardenal Orani Tempesta señaló que "el P. Holtz, a través de sus redes sociales, ha hecho público su rechazo al Concilio Vaticano II y a la legitimidad de todos los Papas desde San Juan XXIII hasta los días actuales".
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Asimismo, denunció que el presbítero "se sometió a una ceremonia de 'reordenacion' presbiteral al desconsiderar la validez del sacramento del Orden conforme al Pontifical Romano vigente en la Iglesia".
El Cardenal Tempesta recordó que al presbítero ya se le había "amonestado presencialmente y por escrito", pero "las llamadas de atención no surtieron efecto".
"Considerando el gravísimo escándalo público que todos estos actos de ruptura con la comunión causa a los fieles, clérigos y religiosos, es necesaria la intervención de las autoridades de la Iglesia", acotó.
Como consecuencia de la excomunión, Holtz no podrá celebrar ningún sacramento ni recibirlo. Tampoco podrá administrar sacramentales, celebrar otras ceremonias litúrgicas, ni ninguna función eclesiástica.
¿Qué es la excomunión?
Se puede definir a la excomunión como apartar a un bautizado de la comunión de los fieles de la Iglesia y del acceso a los sacramentos.
La causa de excomunión se da explícitamente a "los que obstinadamente persistan en un manifiesto pecado grave", precisa el Canon 915.
La Iglesia toma esta medida extrema solo después de que todos los demás esfuerzos para corregir fraternamente han fracasado.