El tribunal de la Audiencia Provincial de Sevilla (España) ha aceptado reabrir la investigación sobre la procesión blasfema del coño insumiso que tuvo lugar en Sevilla en 2014 por considerar que sí pudo constituir un delito.
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El 1 de mayo de 2014 un grupo de personas, imitando una procesión de Semana Santa, llevaron por las calles de Sevilla la figura de un órgano genital femenino como si fuera una imagen de la Virgen María.
Los participantes gritaban "¡la Virgen María también abortaría!" o "¡hay que quemar la Conferencia Episcopal por machista y patriarcal!".
También se cambiaron las oraciones del Credo y el Ave María con referencias sexuales y vejatorias.
#Sevilla Jueves de Pasión 10 abril CGT, feministas, abortistas y aberrosexualistas hacen procesión blasfema y obscena pic.twitter.com/BbCpEw6VBa
- Agencia FARO (@Agencia_FARO) 11 de abril de 2014
La Asociación Española de Abogados Cristianos (AEAC) presentó una denuncia sobre estos hechos por considerar que eran un delito contra los sentimientos religiosos.
En febrero de 2016, mientras transcurrían las investigaciones, miles de personas mostraron su rechazo a esta procesión blasfema, después de que partidos de extrema izquierda de Sevilla presentaran propuestas políticas que apoyaban a quienes la realizaron.
Sin embargo, en junio de 2016, la juez instructora archivó el caso de manera provisional asegurando que no vio ningún delito.
Los abogados cristianos recurrieron esa decisión y en septiembre de 2016 presentaron un recurso de apelación.
Asimismo, desde la AEAC pidieron la reapertura de la investigación por considerar que la procesión se realizó con la intención de herir a los católicos.
Polonia Castellanos, presidenta de la AEAC, declaró a ACI Prensa que "si esto no es intención de herir a los católicos, yo no sé qué más se puede hacer".
Las acusadas amparaban su actuación en la libertad de expresión. Desde la AEAC aseguran que ese "derecho no es absoluto", sino que tiene sus límites en "los derechos fundamentales" reconocidos en la Constitución española, entre los que se encuentra la libertad ideológica, religiosa y de culto.
Después de más de seis meses de espera, la Sala Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha estimado que esa procesión pudo ser un delito de escarnio público de los dogmas, ritos o creencias con la intención de ofender los sentimientos de creyentes.
En ese sentido, la Audiencia ha eliminado la decisión de la jueza de archivar el caso y lo ha reabierto para su investigación.
Polonia Castellanos ha insistido en que con esta reapertura del caso lo único que se pretende es que "se respete la fe de los cristianos, sus dogmas, sus creencias".
Según informaciones de los Abogados Cristianos, actualmente tienen abiertas diversas causas contra procesiones blasfemas similares en Málaga, Valladolid, Madrid y Galicia, de las que están pendientes de juicio.
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- ACI Prensa (@aciprensa) 17 de noviembre de 2016