La Inspección Sanitaria de la Comunidad de Madrid ha sancionado a los centros abortistas Dator y El Bosque por incumplir lo establecido en la normativa regional sobre publicidad sanitaria.
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Los negocios del aborto han sido sancionados por no respetar el decreto Regulador del Régimen Jurídico y Procedimiento de Autorización y Registro de Centros, Servicios y Establecimiento Sanitarios de la Comunidad de Madrid al ocultar su número de registro como negocios dedicados al aborto.
En su artículo 21 estipula que este número debe estar consignado en su publicidad de acuerdo al Real Decreto sobre Publicidad y Promoción Comercial de Productos, Actividades o Servicios con pretendida finalidad sanitaria.
La sanción impuesta por la Dirección General de Inspección, Ordenación y Estrategia Sanitaria de la Comunidad de Madrid está motivada por una denuncia de la Fundación de Abogados Cristianos.
Su presidente, Polonia Castellanos, considera que la reciente multa de la Comunidad de Madrid es "sólo una muestra más de las numerosas irregularidades que cometen estas empresas", sancionadas en otras ocasiones "por engañar a las mujeres".
En el año 2018 seis negocios de este tipo ya fueron multados por incumplir estas normas. En concreto, porque la información relativa a los riesgos de la intervención quirúrgica "no se ajustaba a criterios de transparencia y exactitud exigidas en la normativa vigente", tal y como explicó en su momento el consejero de Sanidad Enrique Ruiz Escudero.
Publicidad "ilícita por engañosa"
Hace dos semanas el Tribunal Supremo condenó a la mayor patronal de los negocios del aborto en España (ACAI) por falsear en su web datos objetivos sobre el aborto.
En concreto, ACAI afirmaba que el aborto "es una operación que no deja secuelas", que "cuando te quedes embarazada será como si no hubieses tenido un aborto anterior" y que "tampoco hay ningún riesgo de esterilidad por someterse a uno o más abortos".
La industria del aborto también fue sancionada por afirmar que "el aborto es la intervención quirúrgica más frecuente en España que no deja secuelas y la incidencia de complicaciones es bajísima".
La sentencia prohíbe a ACAI reiterar estas expresiones que constituyen publicidad "ilícita por engañosa" y le exige que publiquen en su sitio web un enlace a la sentencia del Alto Tribunal acompañado de una "breve reseña de los mensajes publicitarios que la han determinado".
Pasado 15 días desde que se conoció la sentencia, ACAI aún no ha cumplido lo prescrito por el Tribunal Supremo. La Fundación de Abogados Cristianos prevé exigir su cumplimiento si en un plazo razonable ACAI no se aviene a hacerlo.
Castellanos anuncia que la próxima semana acudirán al Parlamento Europeo para presentar la sentencia del Tribunal Supremo y buscar "todos los aliados necesarios para acabar con el negocio del aborto en España".
A su juicio, la condena del Tribunal Supremo "es tan grave que resulta incomprensible que sigan recibiendo dinero de la sanidad pública" porque "constata que han estado engañando a las mujeres, ocultándoles las secuelas que puede provocar un aborto, con el único objetivo de ganar más dinero".