El Obispo de Worcester (Estados Unidos), Mons. Robert McMacnus, promulgó una ley particular sobre inconductas sexuales de sacerdotes en redes sociales, con el objetivo de custodiar la castidad y el celibato de los presbíteros.
La ley, que entró en vigor el 24 de marzo de 2023, fue presentada a los sacerdotes por el obispo el día 20, en una reunión en la que se dialogó sobre las promesas que hicieron el día de su ordenación, según informa The Catholic Free Press, publicación de la Diócesis de Worcester.
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La norma, precisa la publicación diocesana, es además complemento del "Código de Conducta Ministerial", que se refiere al clero y su trato con los adultos.
Para Mons. McManus, esta nueva ley es una forma activa de recordarle a los clérigos "la gravedad moral" de estas cuestiones a la luz de la expulsión de sacerdotes que han violado el sexto mandamiento: "No cometerás actos impuros".
La nueva ley precisa que cada sacerdote debe observar "el celibato y la continencia perfecta, como signo poderoso del reino de Dios, para que pueda servir al Señor con un corazón indiviso".
Establece asimismo que si un clérigo crea una cuenta o usa una creada por un tercero, o se sirve de un medio de comunicación social para "facilitar violaciones del sexto mandamiento del Decálogo" con un adulto "debe ser castigado con una pena justa de acuerdo a la gravedad de la ofensa".
La norma también alerta sobre el grooming (acoso sexual digital), que puede llevar al abuso sexual físico y que se ha difundido cada vez más en las redes sociales.
La sanción justa también se aplica al clérigo que "envía, recibe intencionalmente, o solicita material sexualmente explícito (pornografía) de un tercero, ya sean palabras o imágenes de adultos, incluyéndose a sí mismo, por cualquier medio de comunicación social, ya sea en formato analógico o digital o en medios impresos".
La ley particular de la Diócesis de Worcester, en el estado de Massachusetts, recuerda asimismo que el Código de Derecho Canónico, la ley universal de la Iglesia, establece que dentro de las sanciones justas para los sacerdotes no quedan excluidas la privación del oficio o la expulsión del estado clerical.
En ese sentido la ley señala que esta pena puede recaer sobre el presbítero si comete un delito contra el sexto mandamiento con un menor o adulto vulnerable; si prepara o induce a un menor o adulto vulnerable a exponerse pornográficamente; y si comparte por cualquier medio imágenes pornográficas de este tipo de personas.