Elena Highton se negó a responder. Esta sentencia resume la audiencia pública en la que la candidata a la Corte Suprema de Justicia de la Nación debía aclarar su postura abortista que –para sus impugnantes- la invalida como eventual magistrada del tribunal más importante de Argentina.
“Su silencio no alcanzó para ocultar su relativismo moral y positivismo jurídico”, explicó la agencia Notivida en una crónica que detalló la audiencia.
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Según la agencia, la mayoría de las objeciones se fundaron en las expresiones vertidas por Highton en un artículo titulado “La salud, la vida y la muerte”; pero la abogada sólo atinó a ampararse “en una respuesta prefabricada, aventurando temerariamente que los impugnantes ‘no han leído (su) el trabajo, que sólo tiene 48 hojas’ y que ‘han tomado dos frases y las sacaron de contexto’”.
Para la abogada, en los asuntos bioéticos abordados en el trabajo cuestionado “‘no hay fórmulas definitivas’ ya que mudan con la legislación y ‘los sistemas de valores varían en el tiempo y en el espacio’”.
“Según Highton, su artículo no guarda relación con la legislación -anterior o posterior a la reforma constitucional del 94- y podría volver a escribirlo ahora”, agregó Notivida.
En otro momento de la audiencia se le preguntó si entiende “que es niño todo ser humano desde el momento de su concepción”. En su respuesta, Highton “distinguió entre niño y persona, afirmando que el Código Civil lo denomina ‘persona’ -subordinándolo al nacimiento con vida- y que como ‘persona’ por nacer le garantiza protección”.
“Reiteró que ella se sujeta a lo que dice la ley, negándose, sistemáticamente, a dar a conocer ‘su opinión personal interna’, para no exponerse a ser recusada el día de mañana. Sobre las leyes que reconocen las uniones homosexuales se limitó a contestar: ‘la Ciudad de Buenos Aires las incluyó, hay que ver si el parlamento decide modificar la legislación al respecto’”, informó la agencia.
Cuando una senadora “le preguntó si el credo de un juez influye en sus fallos respondió que ‘el juez falla conforme a derecho, no a su credo’ y que ‘los elementos morales se toman de la cultura, no del credo’”.
Según Notivida, “después de más de tres horas de audiencia los impugnantes se fueron sin obtener una sola respuesta a cuestiones fundamentales, pero el silencio que se impuso la candidata no alcanzó para ocultar su relativismo moral y positivismo jurídico”.