La Comisión de Relaciones Exteriores y Culto del Senado de Argentina se reunirá el martes 29 de marzo para votar un proyecto de ley que ratifica la "Convención contra toda forma de Discriminación e Intolerancia", la cual impondría la ideología género en diferentes ámbitos, afectado principalmente la educación, así como la libertad religiosa y de expresión.
La comisión, presidida Adolfo Rodríguez Saá, se reunirá a las 4:00 p.m. para avanzar con la firma del dictamen de un conjunto de proyectos sobre acuerdos internacionales.
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Entre los acuerdos se encuentra el polémico documento de la "Convención interamericana contra el racismo, la discriminación racial y formas conexas de intolerancia", que fue aprobado durante la 43° Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), celebrada entre el 3 y 6 de junio de 2013.
El pacto fue firmado por 12 países pero hasta el momento solo México y Uruguay lo han ratificado.
El 26 de octubre de 2021, la Cámara de Diputados argentina aprobó sin ningún debate la adhesión a la Convención y el martes 29 de marzo de 2022 podría obtener sanción definitiva en la Cámara Alta.
Según el boletín Notivida, el proyecto de ley ratifica un "tratado interamericano prohomosexualista que amenaza el ejercicio de derechos fundamentales como los de culto, pensamiento, conciencia, expresión, asociación y enseñanza. Su ratificación incrementaría las muchas dificultades que ya enfrentan los que defienden el orden natural".
Explicó, en ese sentido, que el "polémico tratado introdujo en el sistema interamericano de derechos humanos, a 'la orientación sexual y la identidad de género', como categorías protegidas".
"Desde la perspectiva de esta Convención se calificará de discriminatorio e intolerante todo documento, contenido educativo, publicación o expresión –independientemente del canal de comunicación– que no acuerde con el estilo de vida homosexual", alertó.
Juan G. Navarro Floria, exjefe de Gabinete de la Secretaría de Culto de la Nación y presidente del Consejo Argentino de Libertad Religiosa, escribió en diciembre de 2021 que la Convención "podría ser aprobada en la Argentina sin haberse evaluado suficientemente sus alcances".
Navarro, quien es también doctor en Derecho, advirtió que el documento "tiene algunos aspectos que hacen muy desaconsejable su aprobación", particularmente "porque pone en serio riesgo la libertad de expresión (es llamativo que los comunicadores sociales no adviertan esto), la libertad religiosa y la libertad educativa, entre otras".
"¿Cómo es esto? En primer lugar la Convención multiplica las categorías que tornan ilegítima cualquier discriminación o –como veremos– intolerancia: a las ya clásicas añade otras que hasta ahora no tienen recepción en el derecho internacional, como la orientación sexual, identidad y expresión de género, identidad cultural, opiniones políticas o de cualquier otra naturaleza, origen social, nivel de educación, condición migratoria, de refugiado, repatriado, apátrida o desplazado interno, característica genética, etcétera", explicó.
Indicó que "esto no está necesariamente mal, pero abre un enorme abanico. De todas esas condiciones, la que ha motorizado principalmente la firma de la convención ha sido la primera señalada: la orientación sexual, identidad y expresión de género".
Según Navarro, "la afectación de la libertad de expresión es evidente", ya que "estamos ante la consagración legal (y supralegal) de lo 'políticamente correcto', incluso de la censura, a contramano de muchos otros instrumentos internacionales".
"También la libertad de enseñanza se agravia: el Estado deberá vigilar e imponer que se erradiquen de la educación, tanto de gestión pública como privada, los 'contenidos, métodos o herramientas pedagógicas que reproduzcan estereotipos o preconceptos' que alguno de los grupos protegidos considere intolerantes, y privar de financiamiento a quien los utilice. Y tomar medidas para remover los elementos culturales estimados intolerantes. Es la imposición del 'pensamiento único'", señaló.
Para Navarro "posiblemente la que más pueda sufrir sea la libertad religiosa", debido a que "las religiones no son únicamente ritos o actos de culto: toda religión implica y contiene categorías de moralidad de los actos humanos".
"Pero si alguna persona o grupo encuentra que la moral que predica una iglesia o comunidad religiosa es intolerante hacia esa persona o grupo, podría exigir al Estado que prohíba esa prédica, que impida la financiación de esa iglesia o comunidad religiosa, y si el Estado no accede a esas medidas prohibitivas, denunciarlo ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, o ante un nuevo Comité Interamericano contra la Discriminación y la Intolerancia, que se crea", dijo.
"Lo mismo podría ocurrir si se considera que existe intolerancia en determinadas prácticas religiosas, por ejemplo en la administración de sacramentos", agregó.
Finalmente, Navarro dijo que "esto puede parecer exagerado, pero es lo que resultaría de una aplicación estricta de la Convención que se quiere aprobar".
"Oponerse a la aprobación de la Convención, o al menos a la aprobación sin las necesarias reservas y salvedades, de ninguna manera es estar a favor de la discriminación, consentirla o carecer de sensibilidad frente a personas y grupos histórica o actualmente desaventajados. Es simplemente exigir un equilibrio que hoy parece ausente y cuya falta puede llevar a conflictos dolorosos", concluyó.