La Corte Suprema de los Estados Unidos concedió a un hombre condenado a la pena de muerte la posibilidad de recibir asistencia espiritual de su pastora durante su ejecución.
El 24 de marzo, tras una votación de 8 a 1, la Corte Suprema de los Estados Unidos falló a favor del pedido de John Henry Ramírez, un preso identificado como cristiano que fue condenado a muerte en el caso Ramirez vs. Collier.
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Ramírez solicitó que su pastora Dana Moore, de la Segunda Iglesia Bautista en Corpus Christi (Texas), le "imponga las manos" y rece en voz alta mientras recibe la inyección letal.
Al inicio la justicia negó a Ramírez que su líder religiosa se acerque a él durante su ejecución, pero tras una batalla legal liderada por el bufete de abogados Becket, dedicado a la libertad religiosa, Ramírez podrá recibir asistencia espiritual.
Becket presentó un informe de amicus curiae en el que argumentó que el Departamento de Justicia Criminal de Texas (TDCJ) debe permitir a los presos el derecho a un acceso significativo del clero en sus últimos momentos de vida.
El presidente de la Corte Suprema, John Roberts, dio el fallo con la participación de los jueces Stephen Breyer, Samuel Alito, Sonia Sotomayor, Elena Kagan, Neil Gorsuch, Brett Kavanaugh y Amy Coney Barrett. Los jueces, especialmente Thomas, el único juez que disintió, se preocuparon por detallar el contexto del caso.
John Ramírez fue condenado a muerte por un juez de Texas tras asesinar en 2004 a Pablo Castro, un padre de nueve hijos y trabajador de una tienda de conveniencia. Ramírez apuñaló a Castro 29 veces durante un robo en el que con sus cómplices robaron $1,25 de los bolsillos de la víctima, para luego dejarlo morir desangrado en un estacionamiento.
Si bien la pena de muerte debió llevarse a cabo en septiembre de 2021, se pospuso luego de que el preso pidiera que la pastora Dana Moore esté presente en su ejecución. Si bien al inicio Texas negó su solicitud, luego cambió su protocolo y se lo permitió.
Más tarde, Ramírez solicitó que su pastora también le "impusiera las manos" y rezara con él mientras moría. Como Texas negó su solicitud en julio, el preso recurrió a la Corte Suprema en busca de apoyo y logró su intervención.
La Corte acordó escuchar el caso de Ramírez solo unas horas antes de que se programara su ejecución. La audiencia donde se presentaron los argumentos orales se realizó el 9 de noviembre de 2021.
El juez Clarence Thomas acusó a la Corte Suprema de, entre otras cosas, otorgar "una reparación equitativa por un reclamo demostrablemente abusivo e insincero presentado por un preso con un historial establecido de buscar demoras injustificadas, perjudicando al Estado y a las víctimas de Ramírez en el proceso".
En el documento de la Corte Suprema que anuncia su decisión sobre el caso, la mayoría de los jueces señalaron que "la pregunta es si la ejecución de Ramírez sin la participación solicitada de su pastor debe detenerse, en espera de la consideración completa de sus reclamos en un registro completo".
"Las partes acuerdan que la reparación solicitada se caracteriza adecuadamente como una medida cautelar. En tales circunstancias, la parte que solicita la reparación 'debe establecer que es probable que triunfe en cuanto al fondo, que es probable que sufra un daño irreparable en ausencia de una reparación preliminar, que la balanza de valores se incline a su favor y que una medida cautelar es de interés público''", agregó.
Además, señaló que Ramírez "probablemente prevalecerá sobre los méritos de sus reclamos de RLUIPA [Ley de Personas Institucionalizadas y Uso de Tierras Religiosas de 2000], y que los otros factores preliminares de la orden judicial justifican la reparación".
La RLUIPA "establece que 'ningún gobierno impondrá una carga sustancial sobre el ejercicio religioso de una persona que resida o esté confinada en una institución'-incluidos los presos estatales-, incluso si la carga resulta de una regla de aplicabilidad general, a menos que el gobierno demuestre que la imposición de la carga sobre esa persona es para promover un interés gubernamental apremiante; y es el medio menos restrictivo de promover ese interés gubernamental apremiante'", escribió la Corte.
Becket celebró la decisión de la Corte y afirmó que citaron extensamente su informe amicus curiae para explicar la "rica historia de la oración clerical en el momento de la ejecución de un prisionero, que se remonta mucho antes de la fundación de nuestra nación".
Eric Rassbach, vicepresidente y abogado principal de Becket, afirmó en una declaración que "incluso los condenados tienen derecho a estar bien con Dios".
"La Corte Suprema reconoció correctamente que permitir que el clero ministrara a los condenados en sus últimos momentos se encuentra de lleno dentro de una historia que se remonta a George Washington y antes. Esa tradición importa", concluyó.
Traducido y adaptado por Cynthia Pérez. Publicado originalmente en CNA.