Hace unos días se hizo justicia a una religiosa de la orden de las Hermanas Agustinas Siervas de Jesús y María, de Mato Grosso (Brasil), pues logró que un juez reconozca su derecho a usar el velo del hábito en la foto de su licencia de conducir.
En abril del año pasado, la monja agustina interpuso un recurso de "mandamus" contra el presidente de la Secretaría de Estado de Tránsito de Mato Grosso (Detran-MT), Gustavo Reis Lobo de Vasconcelos.
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En el documento, la religiosa denunció que la Detran-MT violó sus derechos cuando le negó su solicitud de usar la foto en la que aparece con el velo de su hábito religioso en el documento de su licencia de conducir nacional (CNH).
La monja argumentó que en su congregación se usa el velo y el hábito en la vida cotidiana, lo que impondría la necesidad de que use el velo en la foto de su licencia.
En una carta firmada el 19 de enero, el juez Agamenon Alcantara Moreno Júnior del 3° Juzgado Especializado de Hacienda Pública de Cuiabá (MT) anunció su decisión a favor de la religiosa, cuyo su derecho a la libertad religiosa está garantizado por la Constitución Federal.
En la carta, el juez dio "permiso para que la peticionaria obtenga su CNH con la foto donde usa su velo", y afirmó que "no causará perjuicio alguno a la Administración Pública, ni menoscabará el ejercicio del poder de policía y su identificación como ciudadano".
Subrayó que "la protección del derecho a la libertad religiosa requiere el respeto por parte de los individuos, pero también del Estado", así como el respeto "a la libertad de creencias, la libertad de culto y la libertad de organización religiosa".
Asimismo, el juez Moreno criticó la prohibición que sufrió la religiosa por parte de la Detran-MT, y advirtió que "la consecuencia práctica de una negativa de la institución es mucho más lesiva para los derechos humanos y fundamentales, que tienen por objeto proteger la conciencia religiosa, la dignidad y los derechos de la personalidad de las personas".
Por su parte, la Detran-MT afirmó que ya cumplió un amparo emitido el 12 de mayo de 2021 y solicitó que se termine el proceso.
Sobre la pretensión del cuerpo "de pérdida de objeto", el juez decidió que "ésta no merece prosperar, ya que el cumplimiento se debió a la medida cautelar otorgada en estas órdenes y no de manera libre y espontánea por el cuerpo".
El juez también recordó que "el Tribunal Superior de Justicia ya tuvo la oportunidad de conocer un caso muy similar" y terminó por "conceder la demanda".
En 2019, el Tribunal Superior de Justicia autorizó a las monjas de la Congregación de las Oblatas de Jesús y María, en Cascavel, estado de Paraná, a llevar el velo religioso en la foto de la licencia de conducir. La decisión se produjo en una acción pública interpuesta por el Ministerio Público de la Federación contra el Sindicato y la Detran-PR (Paraná).
El juez Alcantara determinó en la sentencia que una vez vencido el plazo para presentar recursos, el caso de la religiosa de Mato Grosso deberá ser enviado al Tribunal de Justicia estatal para que sea sometido al escrutinio de los jueces.
Traducido y adaptado por Cynthia Pérez. Publicado originalmente en ACI Digital.