La Conferencia Episcopal Ecuatoriana (CEE) publicó este jueves una circular sobre la situación de algunos grupos religiosos autodenominados "católicos", a los que pidieron dejar de usar este término porque no pertenecen a la Iglesia Católica.
La circular lleva por título "La Iglesia Católica en el Ecuador ante la presencia de grupos religiosos que han asumido el nombre de 'Católicos', sin formar parte de la Iglesia Católica" y ha sido publicada este 15 de julio en el sitio web del Episcopado.
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Los obispos explicaron que el texto surge ante la "verdadera confusión" en los fieles por la presencia y el accionar en el país de "varios grupos religiosos autodenominados católicos, y que no forman parte de la Iglesia Católica" como los "Católicos ecuménicos", los "Vetero-católicos", la "Iglesia Católica Apostólica Nacional del Ecuador" y la "Iglesia Católica Apostólica Renovada en Ecuador".
Los prelados afirmaron que respetan el "derecho de las personas a profesar su propia espiritualidad, tal como lo establece la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Constitución Política de la República del Ecuador vigente de 2008".
Sin embargo, prosiguieron, "como todas las demás confesiones religiosas, la Iglesia Católica tiene su propia identidad milenaria, que se manifiesta en su doctrina, su credo, su práctica y sus signos, elementos que le diferencian de otras creencias o confesiones religiosas".
"La confusión surge cuando algunos grupos usan los mismos términos (católico), signos (vestimenta personal: sotanas, cuello clerical; litúrgicos: cálices, copones, ornamentos), ritos (libros para bautismos, confirmaciones, matrimonios, funerales), devociones y advocaciones (Corazón de Jesús, La Guadalupana, La Dolorosa, la Virgen del Cisne; devociones surgidas en el seno de la Iglesia católica) y lugares parecidos (capillas)".
Por ello, resaltaron, y "desde el punto de vista legal, nos acogemos a lo que establece el Reglamento de Cultos, vigente en Ecuador, promulgado el 20 de enero de 2000", más precisamente con lo que establece el artículo 5.
Este artículo indica que "las nuevas organizaciones religiosas que se constituyan o vengan al Ecuador, no podrán emplear un nombre usado por otra persona jurídica ya inscrito en el Registro de Cultos".
Además, el reglamento precisa que "no podrán adoptar o emplear el nombre de católicas, sino en el caso de ser reconocidos como tales por las autoridades competentes de la Iglesia Católica, cuya comunicación al Ministerio de Gobierno, la Conferencia Episcopal ecuatoriana servirá de interlocutor autorizado".
Los obispos indicaron en la circular que "a la luz de esta normativa vigente, compete a las autoridades respectivas del Estado señalar los modos y las formas legales para que lo establecido en las normas del derecho ecuatoriano, garanticen el uso y respeto del nombre de 'Iglesia Católica' a quien realmente corresponde".
Por lo expuesto, los obispos exigieron "a todos los grupos religiosos el respeto a nuestra identidad católica y, por lo tanto, les pedimos se abstengan del uso del nombre "católico", así como también dejen de usar los signos, los ritos, las devociones, las advocaciones y las formas litúrgicas que pertenecen exclusivamente a la Iglesia Católica en el mundo".
"Pedimos a los líderes de esos grupos religiosos que con claridad y honestidad indiquen a los fieles que no forman parte de la Iglesia Católica y señalen su origen y su credo sin ambigüedad alguna", expresaron.
Validez de las celebraciones
Sobre este aspecto, los obispos católicos del Ecuador afirmaron que respetan "lo que cada grupo religioso haya establecido para sus miembros".
"Como Iglesia Católica, sin embargo, solo reconocemos como válidas, lícitas y legítimas las celebraciones realizadas por los obispos, sacerdotes y diáconos debidamente ordenados, facultados y autorizados que se encuentren en plena comunión con la Iglesia Católica".
En ese sentido "las certificaciones de las diversas celebraciones válidas siempre reposan en los archivos parroquiales y diocesanos".
Los obispos recordaron que "en la Iglesia Católica, la autorización para celebrar los sacramentos se pierde: por abandono voluntario del ejercicio del ministerio sacerdotal para asumir otro estilo de vida; por cambiar de confesión religiosa, o por una pena canónica temporal o definitiva impuesta por la autoridad católica correspondiente ya sea el obispo diocesano o el superior religioso legítimo, por razones claramente determinadas por el derecho eclesial".
Finalmente los prelados aseguraron que "la Iglesia Católica en Ecuador asume su responsabilidad únicamente de las celebraciones realizadas por los obispos, sacerdotes y diáconos autorizados, los cuales portan su credencial válidamente emitida por la entidad de la Iglesia Católica que le corresponde".