La ley de la eutanasia entrará en vigor en España el próximo 25 de junio. Ante esta situación, el grupo parlamentario Vox presentará ante el Tribunal Constitucional un recurso para que la declare nula.
Según informa el diario ABC, "la configuración de la eutanasia como un derecho subjetivo de nueva generación contradice de forma radical lo afirmado reiteradamente por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y por el Tribunal Constitucional de que no existe un derecho a exigir que se provoque la propia muerte".
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Además subraya que esta ley "vulnera el deber del Estado de protección de la vida y de la salud", "el derecho a la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios" y presenta "vicios legislativos" ya que no tiene en cuenta el informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) durante su tramitación parlamentaria, al presentarse como proposición de ley y no como proyecto de ley, entre otras cuestiones.
Por eso piden al Tribunal Constitucional que "declare la inconstitucionalidad y nulidad de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo de Regulación de la Eutanasia".
También tienen previsto presentar la petición de medidas cautelares para que esta ley no entre en vigor el próximo 25 de junio.
El recurso de Vox recuerda que el derecho a la vida "tiene un carácter absoluto", por lo que no se puede "introducir un 'nuevo' derecho individual cuya existencia no solo ha sido negada por los más altos tribunales" y consagrado en el artículo 15 de la Constitución Española".
Ataca a quienes dice defender
Lourdes Méndez Monasterio, parlamentaria de VOX, aseguró a ABC que el recurso está "abocado a lo que ya pasó con la ley del aborto". Y es que el Tribunal Constitucional no se ha pronunciado al respecto después de 11 años.
También asegura que la Ley de Eutanasia "subvierte los valores del ordenamiento jurídico español, que es la tutela por parte del Estado de la vida y de la salud".
Y señala además que "ataca precisamente a quien dice defender: las personas más vulnerables, que se encuentran ante un dolor insoportable por la falta de cuidados paliativos o son una carga porque no tienen acceso a la dependencia".
"Sin el derecho a la vida no hay libertad, puesto que el derecho a la vida es la base de todos los demás derechos", subrayó.
Una ley inconstitucional
De esta manera, el recurso considera "inconstitucional" el debilitamiento que se hace con esta ley "del derecho fundamental a la vida ante la concurrencia del eufemísticamente llamado contexto eutanásico".
En la información publicada por ABC, se precisa que es "radicalmente contrario a la Constitución", ya que el derecho fundamental a la vida "despliega sus efectos protectores" desde el nacimiento y hasta la muerte y "sin el que los restantes derechos tendrían existencia posible".
El recurso recuerda que "constitucionalmente lo que se impone al Estado es 'proteger la salud', comprendiendo la obligación de articular alternativas que permitan afrontar en las mejores condiciones de salud los casos de enfermedades graves crónicas, degenerativas o incurables; resultando radicalmente contrario a este principio rector la renuncia a la vida y a la salud mediante el establecimiento de un supuesto derecho a que el Estado procure la muerte de las personas que se encuentran bajo su jurisdicción".
Una medida desproporcionada
También aseguran que utilizar la eutanasia para conseguir el fin del sufrimiento del enfermo es algo "absolutamente desproporcionado" y recuerda que el Comité Español de Bioética (CEB) precisaron que "la principal cuestión que habría que resolver antes de proclamar dicho derecho a no sufrir es si no caben otras alternativas a ocasionar la muerte a la persona y si dichas alternativas están plenamente desarrolladas en nuestro sistema socio-sanitario. Porque si lo que se pretende es proclamar un derecho a no sufrir basado en una única medida para evitarlo, véase, acabar con la vida de la persona, el principio de necesidad no se cumpliría".
El recurso también pone de manifiesto que para el internamiento de una persona enferma sin su consentimiento sea necesaria una autorización judicial, pero que ésta no se requiera cuando se trata de aplicar la eutanasia.
Ya que según la ley de eutanasia el médico responsable puede determinar la "incapacitación" del paciente "para decidir sobre su propia vida al margen de la autoridad judicial".
Riesgos de la objeción de conciencia
La Constitución Española recoge la posibilidad de que el personal sanitario pueda declararse objetor de conciencia, y ser inscrito en un registro. Aunque se garantiza la confidencialidad, Vox señala el riesgo de "discriminación y estigmatización de los profesionales que en él se inscriban".
Además, el recurso insiste en que la ley de la Eutanasia debería haber tenido previamente un informe del Consejo General del Poder Judicial pero no cuenta con él.
"La ausencia de ese informe es determinante de la inconstitucionalidad de la norma", apuntan.