El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil sentenció este 8 de abril que los gobiernos estatales y municipales del país pueden cerrar las iglesias y prohibir la celebración de Misas y servicios religiosos.
Este jueves, con nueve ministros a favor y dos en contra, el tribunal aprobó un decreto que señala que la libertad religiosa, un derecho fundamental reconocido por la Constitución Federal, no es violada por decretos que obliguen al cierre de iglesias y templos a causa de la pandemia de COVID-19.
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El debate, que comenzó el miércoles 7, tuvo como objetivo votar una demanda interpuesta por la Asociación Nacional de Juristas Evangélicos (ANAJURE) contra los decretos estatales de Piauí y Roraima y los municipales en João Monlevade, Macapá, Serrinha, Bebedouro y Cajamar, ambos en São Paulo, Brilhante y Armação dos Búzios.
También se incluyó la demanda presentada por el directorio paulista del Partido Socialdemócrata contra el decreto del gobernador de São Paulo, João Doria, que prohibía misas y servicios religiosos públicos a causa del coronavirus.
El ministro Kássio Nunes Marques dictó el sábado 3 de abril, víspera del Domingo de Resurrección, una orden judicial favorable a la libertad para las iglesias y templos solicitada por ANAJURE. Mientras, el lunes 5, el ministro Gilmar Mendes, en decisión individual, se pronunció a favor del decreto del gobernador Doria.
Previo a la votación en el STF sobre el nuevo decreto, el procurador general de la Unión, André Mendonça, señaló que hoy vivimos en una "sociedad tensa" en la que parece que ir en contra de la posición de otras personas está prohibido.
"Ser cristiano, en esencia, es vivir en comunión con Dios y con los demás. La Constitución no está de acuerdo con la discriminación contra las manifestaciones públicas de fe", concluyó.
El procurador general de la república, Augusto Aras, indicó que el Estado es laico, pero la gente no, y subrayó que el secularismo y la separación de religión y Estado tienen como objetivo evitar que las personas practiquen la fe que desean.
"La ciencia salva vidas, la fe también. La fe y la razón que están en lados opuestos en la lucha contra la pandemia, van de la mano, en defensa de la vida y la dignidad humana", dijo Aras.
Durante el debate, el ministro Nunes señaló que la "libertad de conciencia y de creencias es inviolable, asegura el libre ejercicio de los servicios religiosos y garantiza, en forma de ley, la protección de los lugares de culto y sus liturgias".
La Ministra Carmen Lúcia cerró el debate virtual con su voto a favor de que los gobiernos estatales y municipales del país puedan cerrar las iglesias y prohibir la celebración de Misas y servicios religiosos.
El director-secretario de la Unión de Juristas Católicos del Estado de São Paulo (UJUCASP), Tadeu Nóbrega, indicó a ACI Digital – agencia en portugués del grupo ACI – que el "derecho a brindar el debido culto a Dios, derivado del derecho a la Religión, es un derecho natural, es decir, es intrínseco al hombre, independientemente de cualquier disposición legal".
Nóbrega recordó que la participación en la Eucaristía es la esencia del ser católico y resaltó que "la Misa es el verdadero sacrificio de Cristo, es el sol cotidiano del cristiano; es la comida que apaga su hambre; es el tesoro que llena su alma; es la medicina que cura y alivia su dolor".
Ante una situación como la pandemia "está claro que el Ordinario local, si así lo desea, podrá dictar la disciplina que estime más adecuada tanto si se realizarán Misas con o sin audiencia. Nunca por imposición del Estado, solo por juicio prudencial del Obispo", remarcó.
Finalmente, indicó que la soberanía para "decidir cómo debe realizarse el culto pertenece a la Iglesia y no al Estado".
Traducido y adaptado por Harumi Suzuki. Publicado originalmente en ACI Digital.