El P. Fabián Colman, sacerdote salesiano que presidió el supuesto "matrimonio" de un transexual en Argentina, dijo que no tiene nada que decir sobre el rechazo del Vaticano a la bendición de uniones homosexuales.
El pasado 6 de febrero el P. Colman presidió el supuesto "matrimonio" del transexual identificado como Victoria Castro, de 46 años, y Pablo López Silva, de 54, en la parroquia Nuestra Señora de la Merced, administrada por los salesianos en la ciudad de Ushuaia, en la provincia argentina de Tierra del Fuego.
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El salesiano fue párroco allí hasta fines de 2020. El Obispado de Río Gallegos, donde está ubicada la parroquia, indicó que la ceremonia se realizó sin su permiso y que el P. Colman "fue advertido convenientemente".
Sobre este evento, ACI Prensa buscó en distintas ocasiones una declaración de las autoridades salesianas en Argentina pero no obtuvo respuesta.
El 15 de marzo ACI Prensa llamó al P. Colman a su nuevo destino en la Diócesis de Neuquén, la parroquia María Auxiliadora en la localidad de Chos Malal. Al ser consultado sobre el supuesto "matrimonio" del transexual, el sacerdote evitó pronunciarse.
"No te voy a responder. Hemos dicho que no vamos a dar entrevistas. Te agradezco pero gracias y en otro momento", dijo el P. Colman.
A la pregunta sobre su opinión de la prohibición del Vaticano a la bendición de uniones homosexuales, el sacerdote dijo: "No leí nada. En este momento estamos en otra cosa. Así que no hemos leído nada por el momento".
El 15 de marzo la Congregación para la Doctrina de la Fe rechazó que la Iglesia disponga de poder para impartir la bendición a uniones de personas del mismo sexo y declaró "ilícita toda forma de bendición que tienda a reconocer" esas uniones.
En respuesta a la pregunta "¿La Iglesia dispone del poder para impartir la bendición a uniones de personas del mismo sexo?", la Congregación respondió: "Negativamente".
En la nota explicativa publicada por el Vaticano se recuerda que el Catecismo de la Iglesia Católica establece que "no es lícito impartir una bendición a relaciones, o a parejas incluso estables, que implican una praxis sexual fuera del matrimonio (es decir, fuera de la unión indisoluble de un hombre y una mujer abierta, por sí misma, a la transmisión de la vida), como es el caso de las uniones entre personas del mismo sexo".
La nota resalta además que "ya que las bendiciones sobre personas están en relación con los sacramentos, la bendición de las uniones homosexuales no puede ser considerada lícita, en cuanto sería en cierto modo una imitación o una analogía con la bendición nupcial, invocada sobre el hombre y la mujer que se unen en el sacramento del Matrimonio".