En un decreto emitido a principios de este mes, el Cardenal Giuseppe Bertello, presidente de la Gobernación del Estado de la Ciudad del Vaticano, indicó que los empleados que se nieguen a recibir la vacuna contra el COVID-19 cuando se considere necesario para su trabajo podrían enfrentar sanciones que podrían llegar hasta el despido.
El decreto del 8 de febrero, firmado por el Cardenal Bertello y el Obispo Fernando Vérgez Alzaga, secretario general de la Gobernación, establece para los empleados del Vaticano, ciudadanos y funcionarios de la Curia romana las regulaciones para controlar la propagación del coronavirus en territorio vaticano, como el uso de mascarillas o cubrebocas así como la distancia social. El incumplimiento de las disposiciones podría sancionarse con multas.
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"La emergencia sanitaria debe abordarse para garantizar la salud y el bienestar de la comunidad trabajadora respetando la dignidad, los derechos y las libertades fundamentales de cada uno de sus integrantes", señala el artículo 1 del documento.
Una de las medidas incluidas en la orden es el protocolo de vacuna COVID-19 del Vaticano, ya que en enero se comenzó a ofrecer la vacuna Pfizer-BioNtech a empleados, residentes y funcionarios de la Santa Sede.
Según el decreto, el Cardenal Bertello y la oficina de salud e higiene evaluaron el riesgo de exposición al COVID-19, y su posible transmisión a los empleados en el desempeño de sus actividades laborales, por lo que se "puede estimar necesario poner en marcha una acción preventiva que prevé la administración de una vacuna para proteger la salud de los ciudadanos, residentes, trabajadores y la comunidad laboral".
El decreto establece que los empleados que no puedan recibir la vacuna por "razones de salud comprobadas", podrán recibir temporalmente "distintas obligaciones equivalentes o, en su defecto, inferiores" que tengan un menor riesgo de contagio, manteniendo su salario actual.
El texto también señala que "el trabajador que se niegue a someterse, sin motivos de salud comprobados", a la administración de la vacuna, "está sujeto a las disposiciones" que se encuentran en el artículo 6 de las normas de la Ciudad del Vaticano de 2011 sobre la dignidad de la persona y sus derechos fundamentales.
El artículo 6 de la norma dice que la negativa puede tener "consecuencias de diversos grados que pueden llegar hasta la interrupción de la relación laboral".
La Gobernación del Estado de la Ciudad del Vaticano publicó este jueves una nota respecto al decreto del 8 de febrero en el que se precisa, sobre las consecuencias del rechazo a la vacuna, "que en ningún caso tienen una naturaleza punitiva o sancionadora".
La nota indica que "lo que se busca es permitir una respuesta flexible y proporcional al balance entre la protección de la salud de la comunidad y la libertad individual de elección, sin poner en práctica represión alguna contra el trabajador".
El texto precisa que el decreto del 8 de febrero se emitió como "una respuesta urgente de regulación" y se precisó que, "por lo tanto, la adhesión voluntaria a un programa de vacunación tiene que tomar en consideración el riesgo del rechazo de una persona concreta puede constituir un riesgo para ella misma, para otros y para el ambiente laboral".
Además de la vacunación, las medidas contenidas en el decreto incluyen la limitación sobre reuniones de personas y desplazamiento, el uso de mascarillas o cubrebocas, la distancia social y el aislamiento, en caso se requiera.
Las multas por no cumplir estas disposiciones están entre 25 y 160 euros, es decir entre 30 y 190 dólares aproximadamente.
Si alguien contraviene una orden legal para aislarse o entrar en cuarentena porque padece de COVID-19 o porque estuvo expuesto al virus, las multas van desde 200 hasta 1.500 euros, es decir entre 240 y 1810 dólares aproximadamente.
El decreto autoriza a la Gendarmería del Vaticano a intervenir cuando algún trabajador no cumpla las normas, así como a aplicar las multas correspondientes.
Traducido y adaptado por Walter Sánchez Silva. Publicado originalmente en CNA