La ONG Asociación Civil Centro de Desarrollo y Atención Social Amor en Acción, presentó este 3 de febrero la primera acción de amparo nacional para frenar la ley del aborto en Argentina.
La acción fue presentada por el abogado Jorge Armentano en el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 9, a cargo del juez Walter Lara Correa.
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El objetivo es "evitar un conjunto de actos que lesionan o amenazan derechos y garantías consagrados por nuestra Constitución Nacional con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta", describe el comunicado de prensa.
"Nuestro requerimiento de medida cautelar es para tutelar el derecho a la vida y la objeción de conciencia médica", agregó el texto firmado por el presidente de Amor en Acción, Gabriel Flores Ciani.
El abogado Armentano explicó a ACI Prensa que el juez debería dictar una medida cautelar para frenar el aborto, de lo contrario están dispuestos a llegar hasta una instancia internacional para que "se derogue la ley o se declare la inconstitucionalidad de la ley".
"Estamos tratando de tutelar jurídicamente el derecho a la vida y la objeción de conciencia. Los médicos juraron proteger la vida desde el momento de la concepción hasta la muerte natural y los abogados proteger las leyes", en el marco de la ley "ninguno estaría cumpliendo su juramento", precisó el abogado.
De otro lado, la abogada y presidenta de la Junta Promotora del Partido Nos, de Entre Ríos, Miriam Müller, presentó el 2 de febrero una acción de inconstitucionalidad en la justicia federal de Paraná.
"El proceso judicial fue interpuesto ante el Juzgado Federal de Paraná en defensa de la vida de los niños por nacer atento la protección que le dan la Constitución Nacional y la Constitución de la Provincia de Entre Ríos", precisó el sitio Entre Ríos Ahora.
La acción es alentada "en cumplimiento de la Declaración de principios y bases de acción política que conforman el ideario e interpretativo moral y ético del Partido Nos de la provincia de Entre Ríos" y la ley 26.061 de Protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes, que fue sancionada en 2005.
El artículo 1 afirma que la ley "tiene por objeto la protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en el territorio de la República Argentina, para garantizar el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de aquellos reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados internacionales en los que la Nación sea parte".
Estas acciones judiciales se suman a las presentadas en la capital federal y en las provincias de Córdoba, del Chaco y Salta.
Además, la Fundación Más Vida presentó el 22 de enero una denuncia penal contra el presidente de Argentina, Alberto Fernández, por el delito de genocidio y cohecho, debido a la promulgación de la ley del aborto.
La ley del aborto fue aprobada por el Senado el 30 de diciembre luego de una intensa discusión legislativa que duró menos de un mes en el Congreso de la Nación. Fernández promulgó la ley 27.610 el 14 de enero de 2021.
La ley permite realizar el aborto hasta la semana 14 de gestación, sin establecer causal alguna.
Fuera de ese plazo, se puede acceder al aborto cuando el embarazo es producto de una violación o "si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante".
La ley señala que el aborto se debe realizar dentro del plazo de 10 días. Por ello, si el profesional de salud es objetor de conciencia debe facilitar el proceso para que la mujer embarazada sea atendida por otro profesional "en forma temporánea y oportuna, sin dilaciones".