El Tribunal del Estado de la Ciudad del Vaticano condenó al ex director del Instituto de Obras de Religión (IOR), conocido como Banco Vaticano, Angelo Caloia; y al abogado Gabriele Liuzzo, a ocho y once años de prisión respectivamente.
Caloia, de 81 años; y Liuzzo, de 97, fueron condenados por la apropiación indebida agravada de cerca de 19 millones de euros, blanqueo y malversación en relación a la venta de 29 inmuebles propiedad del IOR y de la sociedad inmobiliaria SGIR, controlada por el IOR. Además deberán pagar una multa de 12.500 euros.
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En un comunicado difundido este 21 de enero por la Sala de Prensa del Vaticano, se informa de que el Tribunal también condenó al hijo de Gabriele Liuzzo, Lamberto Liuzzo, de 55 años, a cinco años y dos meses de prisión y al pago de una multa de 8 mil euros por blanqueo.
Además, los tres imputados tienen prohibido a perpetuidad el desempeño de cargos públicos y se ha dispuesto la confiscación a los condenados de 38 millones de euros.
Asimismo, el Tribunal decretó el pago de una compensación al IOR y a la sociedad inmobiliaria SGIR, controlada por el IOR, de más de 20 millones de euros. Esa suma se ha establecido como compensación por el daño económico, moral y de reputación al IOR y al SGIR.
A Liuzzo Gabriele se le ha confiscado también alrededor de 14 millones de euros depositados en el IOR, ya secuestrados, además de otros 11 millones de euros depositados en bancos suizos.
En el comunicado de prensa se señala que "según la acusación, basada principalmente en las investigaciones realizadas en 2014 por el Grupo Promontory, Caloia y Liuzzo, de acuerdo con el entonces director general del IOR, Lelio Scaletti, posteriormente fallecido", los condenados "habrían vendido entre 2002 y 2007 los inmuebles a un precio muy inferior al valor de mercado".
Tras la venta, "se habrían apropiado de la diferencia, estimada en unos 59 millones de euros, que en parte blanquearían en Suiza, también con la ayuda del hijo de Liuzzo, Lamberto Liuzzo".
Posteriormente, tras una instrucción preliminar que duró 2 años, "los peritos estimaron en unos 34 millones de euros la diferencia entre el importe percibido por el IOR y la SGIR y el valor de mercado de los inmuebles".
Finalmente, el Tribunal ha considerado probada la apropiación de cerca de 19 millones de euros. "Los imputados -continúa el comunicado de prensa- han sido absueltos, sin embargo, de los cargos relacionados con la venta de aquellos inmuebles de los que no se ha probado que se apropiaran de dinero, si bien el precio de compra fuera en muchos casos sensiblemente inferior al valor de mercado en ese momento".
Los 29 inmuebles propiedad del IOR, enumerados durante la sentencia, se encuentran principalmente en Roma y en su provincia, pero también en Milán y en Génova.
Concluye así un proceso que inició el 9 de mayo de 2018, sin embargo, se trata de una condena en primera instancia, por lo que los condenados aún tienen la opción de recurrir la sentencia.