En el segundo día de discusión del proyecto de legalización del aborto en Argentina, Jorge Nicolás Lafferriere, director del Centro de Bioética, Persona y Familia, presentó a los diputados tres críticas basándose "en el presupuesto de la inconstitucionalidad de la ley por la afectación del derecho a la vida de la persona por nacer".
Lafferriere, que también es profesor de Bioderecho de la Universidad Católica Argentina (UCA), indicó que la primera crítica se refiere a los supuestos "cuatro momentos en que comienza la vida" que pretende instaurar el proyecto; la segunda es que se buscar "imponer el aborto"; y la última crítica se refiere al "aborto sistemático de personas con discapacidad".
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1. Primera crítica: Cuatro momentos en que comienza la vida
Según el experto, "de aprobarse estas leyes, habrá en nuestro sistema legal cuatro momentos en que 'comienza' la vida humana".
Estos son "la concepción, que es el momento tradicional que figura en muchas normas y en el bloque de constitucionalidad; la semana 12, que es el momento en que comienzan a pagar la asignación por embarazo; la semana 14, que es el plazo en que el aborto será legal sin causales; y el nacimiento, que es el plazo en que el aborto será legal por causales, causales que, por otra parte, son de una inusitada amplitud".
Lafferriere aseguró en su ponencia que esta nueva situación "configura una inadmisible discriminación legal entre niños", ya que algunos de ellos "tienen derecho a la vida, a recibir alimentos, a recibir ayudas sociales, a ser reconocidos, a su identidad, a recibir atención médica, a heredar, mientras que otros serán descartados por ser 'no deseados'".
2. Segunda crítica: La imposición del aborto
El director del Centro de Bioética dijo que "la imposición se da por una doble vía de presiones, hacia las madres y hacia el profesional de la salud".
En el caso de las madres, explicó, se da "porque en las primeras y decisivas semanas del embarazo, el Estado lo único que les ofrece es el aborto". "El proyecto de ley ignora que detrás de la mayoría de las madres que piensan en el aborto hay situaciones de vulnerabilidad que condicionan su libertad. No se atienden a las problemáticas de fondo que la llevan a considerar el aborto y que se vinculan con violencias, presiones, pobreza y otras circunstancias", dijo.
Para Lafferriere, "la primacía que se otorga al aborto queda patente cuando se advierte que el art. 5.e. del proyecto obliga al personal de salud y a las autoridades a suministrar información sobre el aborto 'incluso si no hay una solicitud explícita'".
También "el proyecto en su artículo 14 propone crear un nuevo delito que amenaza a los profesionales de la salud con pena de prisión de tres meses a un año para quien dilatare injustificadamente, obstaculizare o se negare a practicar un aborto (art. 14)".
"Además, el art. 5.d. del proyecto de aborto dispone que 'las decisiones de la paciente no deben ser sometidas a juicios derivados de consideraciones personales, religiosas o axiológicas por parte del personal de salud, debiendo prevalecer su libre y autónoma voluntad' (art. 5.d) y también se dice que el derecho a la información de la madre 'incluye el de no recibir información inadecuada en relación con la solicitada' (art. 5.c). ¿Quién determinará qué es lo adecuado o lo inadecuado? ¿Cuándo una consideración médica es "axiológica" o "personal"?" preguntó el experto en bioética.
En ese sentido, dijo que "cualquier información que provea el personal de salud que pueda ser interpretada como contrariando la voluntad de abortar, y que en condiciones normales formaría parte del consentimiento informado, a tenor del art. 5 del proyecto podría ser considerada una forma de violencia contra la mujer en los términos de la ley 26485".
"Adviertan que todas estas presiones están dirigidas hacia los profesionales de la salud que no son objetores de conciencia. Para los objetores, también hay amenazas en el art. 10, sumadas al hecho de que la forma en que la objeción está regulada es completamente restrictiva y violatoria de la libertad de conciencia", agregó.
Lafferriere cree que "será casi imposible, entonces, que un profesional de la salud pueda ofrecer información completa cuando enfrenta tan serias amenazas y cuando la ley hace una tipificación tan vaga y amplia de las conductas que van a ser sancionadas".
"¿Qué libertad tendrá un profesional de la salud que ejerce en medio de tantas amenazas?", señaló en el debate.
3. Tercera crítica: Aborto sistemático de personas con discapacidad
Lafferriere indica que si bien el proyecto de 2020 eliminó la causal "malformaciones fetales graves" como "legitimadora del aborto luego de la semana 14", todavía el "problema está latente y subsiste porque en esas primeras 14 semanas de embarazo se realizan estudios de tamizaje y diagnóstico prenatal".
"En torno a este tema desarrollé mi tesis doctoral y pude constatar que en países con aborto legalizado las personas con discapacidad son eliminadas en un 90% de los casos detectados. Aunque en apariencia la ley es neutra, la discriminación ocurre en los hechos por la combinación que se da entre la disponibilidad de estudios prenatales cada vez más accesibles, rápidos, no invasivos y precisos y el aborto legal hasta la semana 14", aseguró el experto.
Asimismo, explica que este tipo de aborto por discapacidad ocurre por una doble presión: "Hacia los médicos, que ofrecen los estudios prenatales de forma sistemática y rutinaria a toda embarazada antes de la semana 14 para atajarse ante cualquier posible acción por daños y perjuicios por la pérdida de la chance de abortar a tiempo al hijo con discapacidad; y hacia los padres, por el sistema de salud u otros actores que los impulsan a abortar a sus hijos para evitar cargar con los costos del nacimiento de una persona con discapacidad".
"El aborto sistemático de personas con discapacidad será una consecuencia lamentable e ineludible de la sanción de esta ley", lamentó Lafferriere.
Al término de su exposición pidió a los legisladores "que no incorporen en nuestro ordenamiento jurídico un quiebre del derecho a la vida y de su necesaria protección penal y, en cambio, adopten medidas concretas para atender al problema urgente de la maternidad vulnerable".
El proyecto del aborto
El artículo 4 del proyecto de legalización del aborto establece que esta práctica se podrá realizar "hasta la semana 14 inclusive, del proceso gestacional". El texto no pone como límite ningún tipo de causal.
Fuera de ese plazo, el aborto será permitido si "el embarazo fuere resultado de una violación, con el requerimiento y la declaración jurada pertinente de la persona gestante, ante el personal de salud interviniente". Sin embargo, "en los casos de niñas menores de trece (13) años de edad, la declaración jurada no será requerida".
El otro motivo permitido fuera de las 14 semanas de embarazo es "si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante".
Líderes provida, como el politólogo Agustín Laje, han advertido que en la práctica este proyecto deja el aborto "legalizado sin plazos".
La discusión del proyecto comenzó este 1 de diciembre. Hasta hoy miércoles 2 representantes provida y proaborto exponen ante las comisiones a cargo: Salud, Legislación Penal, Legislación General, Mujeres y Diversidad, Acción Social y Salud Pública.
En un principio, el dictamen conjunto de las comisiones debería salir el viernes 4 y se esperaba que se debatiera en el pleno de la Cámara el 10 de diciembre. Sin embargo, el artículo 106 del reglamento de la Cámara de Diputados señala que en el caso de prórroga de sesiones ordinarias, las comisiones solo podrán emitir despacho de un proyecto de ley hasta "10 días antes de la fecha prevista para la culminación" de esa extensión.
Por ello, el Gobierno de Fernández "corrigió" el martes 1 la fecha de la prórroga de las sesiones ordinarias y las extendió hasta el 3 de enero de 2021 para cumplir con el cronograma de debate.
En el 2018 la tramitación en Diputados de un proyecto para despenalizar el aborto duró casi mes y medio. La rapidez con que los legisladores del Gobierno impulsan el proyecto actual, llamándolo "debate exprés", ha sido criticado por los representantes provida.
De ser aprobado, lo que se conoce como "media sanción", el proyecto de legalización del aborto pasaría al Senado para su debate.