La Corte Suprema de Estados Unidos falló este jueves contra el Noveno circuito de apelaciones, con lo que afirma su defensa del derecho a la objeción de conciencia en California, ante el mandato abortista establecido en la administración Obama, en una decisión similar a la del caso que le dio la victoria legal a las Hermanitas de los Pobres.
La Corte Suprema ordenó al Noveno circuito que reconsidere su fallo en el caso de March for Life Education (Marcha por la Vida) y Defense Fund vs California, a la luz de su decisión de ayer a favor de la congregación religiosa.
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El mandato abortista o anticonceptivo establecido por la administración Obama, obligaba a proporcionar planes de salud con este tipo de cobertura, incluyendo la esterilización.
Por ellos instituciones como la Marcha por la Vida, que organiza la manifestación provida más grande del país todos los años en el mes de enero, presentaron medidas legales para defender su derecho a la objeción de conciencia.
"El gobierno no debe forzar a nadie a violar su conciencia al proporcionar fármacos y dispositivos que pueden destruir la vida", comentó sobre el fallo de hoy el consejero senior y vicepresidente de apelaciones de la Alliance Defending Freedom, John Bursch.
"Ahora que la Corte Suprema ha defendido las protecciones para las Hermanitas de los Pobres y otros en el tercer circuito, el noveno circuito debe asegurar de modo similar que las organizaciones provida como la Marcha por la Vida puedan realizar su misión de acuerdo con sus convicciones", resaltó el abogado.
La Marcha por la Vida presentó su demanda en 2014 y el caso concluyó en 2018 cuando el Departamento de Justicia retiró su apelación de un mandato judicial permanente en 2015.
En octubre de 2017 el Departamento de Salud emitió algunas normas temporales que tenían como objetivo liberar a los empleadores de los requerimientos y concluir una serie de demandas.
El 6 de octubre de ese año, el estado de California, al que luego se unieron otros más, presentó una demanda contra las reglas temporales.
En diciembre de 2017 la Marcha por la Vida solicitó participar en el caso y la corte la admitió. Luego el Departamento de Salud publicó su versión final de las medidas, pero una corte de distrito las bloqueó antes de que entraran en vigor en enero de 2019. Después el Noveno circuito de apelaciones falló a favor de la corte de distrito.
La decisión de hoy de la Corte Suprema prácticamente obliga al Noveno circuito a modificar su fallo para pronunciarse a favor de la objeción de conciencia.