El 24 de febrero la Corte Suprema de los Estados Unidos anuló una decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico que atentaba contra la estructura y administración de las iglesias y escuelas católicas dentro del territorio insular.
La demanda "Arquidiócesis Católica Romana de San Juan Puerto Rico v. Feliciano", presentada en 2016 por tres ex empleados de escuelas católicas, pretendía que los tribunales en Puerto Rico confisquen los bienes de cualquier entidad católica para saldar las deudas en sus pensiones. La demanda se suscitó porque el fondo de pensiones de las escuelas se quedó sin dinero para pagarles.
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Los litigantes insistieron en demandar no solo a las escuelas sino también a la Arquidiócesis de San Juan de Puerto Rico, que no es su empleador.
El Tribunal Supremo de Puerto Rico dictaminó que las iglesias y escuelas católicas particulares no eran entidades legales independientes y, por ende, responsabilizó a la Iglesia local de ser el representante legal de cada institución.
Con esta decisión previa, el gobierno tenía la facultad de derribar puertas, romper cerraduras, ingresar a cualquier iglesia u organización católica de Puerto Rico para confiscar bienes hasta alcanzar los 4.7 millones de dólares, el monto solicitado por los demandantes.
No obstante, la Corte Suprema de los Estados Unidos decidió revertir dicho fallo, al ser Puerto Rico un territorio norteamericano no incorporado.
John Bursch, vicepresidente de defensa de apelaciones y asesor principal de Alliance Defending Freedom (ADF), comentó que la "Constitución de los Estados Unidos protege el derecho de todos los estadounidenses a ejercer la libertad religiosa, y es fundamental para esa libertad la capacidad de la Iglesia de decidir su propia estructura sin la intrusión del gobierno civil".
"La Corte Suprema de los Estados Unidos desestimó adecuadamente el intento mal aconsejado de los tribunales de Puerto Rico de gobernar la Iglesia al decidir por sí mismos qué constituye 'la Iglesia Católica' en Puerto Rico. Pero la Corte Suprema de los Estados Unidos lo hizo basándose en la falta de jurisdicción de los tribunales de Puerto Rico en el asunto y les regresó el caso para procedimientos adicionales a la luz de eso", explicó.
Bursh dijo que los Estados Unidos tiene "una historia admirable de restringir el impulso del gobierno a la policía y la microgestión de comunidades de fe, y estamos seguros de que los tribunales de Puerto Rico ahora cumplirán con este principio constitucional vital que ADF destacó en su escrito de amicus curiae y que los jueces Samuel Alito y Clarence Thomas hicieron eco en su acuerdo con la orden del tribunal superior".
En febrero de 2019, ADF presentó un informe de amicus curiae ante la Corte Suprema de los Estados Unidos sobre este caso, es decir, que emitió voluntariamente su opinión a fin de colaborar con la corte en la resolución de la materia objeto del proceso.