El abogado del colectivo Padres en Acción, Alberto Gonzáles, denunció que existen irregularidades en el fallo de la Corte Suprema que desestimó la demanda de padres de familia en contra del Currículo Nacional de Educación Básica con nociones de "enfoque de género" o ideología de género.
El miércoles 3 de abril la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema del Poder Judicial del Perú declaró infundada "en todos sus extremos" la demanda del colectivo Padres en Acción contra el Ministerio de Educación (MINEDU) presentada a inicios de 2017, y que habría evitado que en las escuelas se dicten contenidos con la ideología de género al declarar inconstitucional e ilegal este currículo.
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El abogado de Padres en Acción anunció que el colectivo interpondrá la nulidad de la sentencia, pues uno de los jueces pertenece a una organización a favor de la ideología de género y, por tanto, no habría sido idóneo para resolver el proceso judicial.
"Uno de los magistrados, Julio Wong Abad, pertenece a una asociación de activismo político progénero dentro del Poder Judicial, por eso es que interpondremos una acción de nulidad. El juez no sería imparcial respecto a lo que establece el artículo 48 de la Ley de Carrera Judicial", indicó Gonzáles.
Explicó que el juez Wong Abad "no fue idóneo para resolver el caso" al tener un "preconcepto a favor del género" y "formar parte de una organización que recibe financiamiento de movimientos progénero y ultrafeministas".
"Debió haberse apartado, con conocimiento de causa y por una cuestión de decoro, para que lo resuelva otro juez", añadió.
Gonzáles también sostuvo que el colectivo presentará una acción de amparo porque no se resolvió el pedido de los padres al inicio de la demanda, es decir, que no fueron consultados sobre los contenidos del currículo escolar y no se les permitió decidir sobre la educación de sus hijos.
La demanda de Padres en Acción fue declarada "fundada en parte" el 13 de julio de 2017 por la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima. La Sala calificó de "nula" la resolución ministerial que aprobaba el Currículo Nacional "respecto al Enfoque de Igualdad de Género".
Cerca de dos años después, la Corte decidió finalmente revocar la sentencia de primera instancia.
El abogado de Padres en Acción señaló que la sentencia de primera instancia "demostró que no cumplieron (el Gobierno) con hacer la consulta a los padres de familia conforme lo demanda los artículos 7, 22 y 24 de la Ley General de Educación donde se establece la participación de los padres en la elaboración de los documentos educativos y pedagógicos".
Por ello lamentó que la Primera Sala Civil, a pesar de haber demostrado la validez del punto anterior, "de una manera misteriosa termina concluyendo e interpretando que en el fondo lo que nosotros estamos cuestionando es el enfoque de género".
"Nosotros no estamos cuestionando el enfoque de género como tal, sino que se niegue a los padres la posibilidad de tener alternativas para escoger en la educación de sus hijos", dijo Gonzáles.
Añadió que lo que en realidad fue solicitado en la demanda "es que no se imponga el enfoque de género como modelo único, transversal y hegemónico".
"Lo que la demanda dice es que los padres, al tener el derecho decidir sobre la educación de sus hijos, deben tener alternativas. El Estado lo que debe hacer es proponerlas para que los padres finalmente tomen la decisión de cómo educar a sus hijos. No es cierto que nosotros hayamos apuntado directamente contra el enfoque de género, independientemente de que estamos en contra de tal enfoque en particular", dijo el abogado de Padres en Acción.
Además, Gonzáles cuestionó que la Corte Suprema haya dictaminado que los padres no tengan "derecho a participar" y sean "meros espectadores".
"Es un atropello, porque si en algún momento a algún 'iluminado' se le ocurre que a partir de mañana no hay dos sexos si no cuarenta, entonces esa decisión hará que todo el Perú se eduque de acuerdo a su error, tan alejado de la ciencia y la biología", agregó.
El abogado informó que el recurso de nulidad será presentando en los siguientes días y posiblemente se resuelva en un mes. Además, dijo que para presentar la acción de amparo, de acuerdo al Código Procesal Constitucional, hay un plazo de 60 días.
"No hay que desanimarse bajo ningún punto de vista. Esto no ha sido una derrota bajo ningún punto de vista porque hubo un levantamiento de los padres, creándose una nueva consciencia frente a la amenaza de un grupo de poder y minúsculo que detenta los principales puestos públicos, y que abusando de esa situación quiere imponer un pensamiento extranjero totalmente ajeno a nuestras tradiciones y costumbres", afirmó Gonzáles.
Mientras el colectivo Padres en Acción se presenta nuevamente ante el Poder Judicial, Gonzáles recomendó a los padres "tomar conocimiento de lo que significa la desobediencia civil y objeción de conciencia, como un instituto jurídico válido para proteger a los niños de la amenaza de esta ideología que entra de manera apabullante".
"Todos los padres de familia deben estar atentos para coordinar acciones de marchas pacíficas multitudinarias que realizaremos en los principales puntos del país. Llevaremos adelante el reclamo completamente popular de aquellos que no queremos permitir que malogren la inocencia de nuestros niños", concluyó el abogado.