El Obispo de Concordia (Argentina), Mons. Luis Collazuol, expresó su profundo dolor por la muerte de un bebé al que dejaron agonizar durante diez horas luego de sobrevivir a un aborto.
Una menor de 13 años que cursaba su quinto mes de gestación llegó hasta el Hospital Delicia Concepción Masvernat de Concordia para practicarse un aborto. Sin embargo, el equipo médico se resistió en un comienzo porque no había certeza de que el embarazo fuera producto de una violación.
Recibe las principales noticias de ACI Prensa por WhatsApp y Telegram
Cada vez es más difícil ver noticias católicas en las redes sociales. Suscríbete a nuestros canales gratuitos hoy:
La menor y sus padres, junto a un abogado, recurrieron a la jueza de familia de Concordia, Belén Esteves, que envió la orden judicial para que se practicara el procedimiento bajo el "protocolo de aborto no punible" por violación.
El aborto se realizó el pasado 1 de diciembre pero la noticia trascendió en los medios de comunicación luego de que personal del hospital, consternados por el caso, contaran los detalles.
El personal de salud relató al medio El Entre Ríos que el bebé nació con vida, pero nadie le prestó atención médica y fue dejado sobre un recipiente donde agonizó durante diez horas.
Luego de esto, siete médicos presentaron su objeción de conciencia al director del hospital, Miguel Ragone.
En tanto, la ciudadanía se ha manifestado en las redes sociales bajo el hashtag #ProtocoloDeLaMuerte para exigir al gobernador de Entre Ríos, Gustavo Bordet, que derogue el protocolo del aborto no punible.
En un comunicado publicado el 7 de diciembre, el Obispo de Concordia advirtió que "ningún derecho individual puede justificar la eliminación de la vida humana del que no se puede defender"; más aún, la vida de la madre y la de su hijo "deben ser preservadas y respetadas" porque "el derecho a la vida es el derecho humano fundamental".
Además, sostuvo que ninguna normativa y mucho menos el protocolo del aborto puede "alterar el contenido" de la Constitución Nacional "que protege a la persona humana desde la concepción", al igual que los tratados internacionales incorporados en la misma.
Mons. Luis Collazuol recordó que la Constitución de la provincia de Entre Ríos en su artículo 16, "'reconoce y garantiza a las personas el derecho a la vida y, en general, desde la concepción hasta la muerte digna. Nadie puede ser privado de ella arbitrariamente'. Este derecho fundamental no puede ser alterado por una reglamentación de orden inferior".
"Por ello entendemos que la autoridad provincial competente debería dictar una Resolución que deje sin efecto la anterior", aseguró.