El PSOE registró el pasado jueves 3 de mayo una proposición de ley en el Congreso de los Diputados para despenalizar la eutanasia y que se aplique en hospitales públicos y privados, y sea costeada por el Estado.
Ante esta propuesta de ley, el vocero de la Conferencia Episcopal Española, P. José María Gil Tamayo, señaló que se trata de "un monumento a la insolidaridad y al descarte humano, que promueve además un falso derecho".
Recibe las principales noticias de ACI Prensa por WhatsApp y Telegram
Cada vez es más difícil ver noticias católicas en las redes sociales. Suscríbete a nuestros canales gratuitos hoy:
También ha calificado esta ley como "un corredor de la muerte voluntario que se pretende introducir en la sociedad española de manera artificiosa".
"No hay derecho a esta terrible indefensión, a la legalización del suicidio en España, que es lo que es esta ley", precisó.
El sacerdote señaló que las personas que están en situación "de debilidad absoluta por enfermedad", deben ser ayudadas "con los mejores cuidados paliativos, acordes a la inalienable realidad de la persona, que es su derecho a la vida".
En el último tiempo de su vida se le deben procurar "los cuidados de su familia y la atención sanitaria conforme a su dignidad", expresó.
La proposición de ley presentada por el PSOE también incluye que el paciente al que se le practicaría la eutanasia no tiene porqué estar en sus últimos días, sino cuando la persona "considere que tiene un sufrimiento que le resulte intolerable e insoportable" y la enfermedad "no tiene tratamiento y no es reversible".
El protocolo desde la petición de la eutanasia hasta su aplicación tardaría un tiempo mínimo de 32 días, en los que un médico informaría al paciente y evaluaría el caso en una comisión específica de control.
La decisión de recibir la eutanasia puede ser revocada en cualquier momento del proceso de manera voluntaria, y los menores quedarían fuera de la aplicación de esta posible ley.
Actualmente, según el Código Penal español se castiga con 4 a 8 años de cárcel a quien induzca al suicidio a otra persona; de 2 a 5 años a quien coopere con actos necesarios y entre 6 y 10 años si la cooperación llega a ejecutar la muerte.