El Papa Francisco ha aprobado y promulgado el "Estatuto de la Pontificia Academia para la Vida", que entrará en vigor, durante un tiempo de cinco años, el 1 de enero de 2017.
La Pontificia Academia para la Vida, con sede en la Ciudad del Vaticano, se instauró el 11 de febrero de 1994, durante el Pontificado de San Juan Pablo II, en virtud del Motu Proprio "Vitae mysterium". Tiene como objetivo la defensa y promoción del valor de la vida humana y de la dignidad de la persona.
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La novedad del Estatuto, respecto a lo que ya está en vigor, reside en la cooperación de la Pontificia Academia para la Vida con los Dicasterios de la Curia Romana, principalmente con la Secretaría de Estado y con el Dicasterio para los Laicos, la Familia y la Vida, de acuerdo con sus respectivas competencias y con un espíritu de colaboración. Asimismo, el Dicasterio para los Laicos, la Familia y la Vida propondrá a uno de los miembros del Consejo Directivo.
Estudiar, formar e informar: estas son las tres tareas principales de la Academia. En la introducción del Estatuto se especifica que "la Academia tiene una tarea principalmente científica de promoción y defensa de la vida humana. En particular, estudia los diferentes aspectos relativos al cuidado de la dignidad de la persona humana en las diferentes etapas de la vida, el respeto recíproco entre géneros y generaciones, la defensa de la dignidad de cada ser humano, la promoción de la igualdad de la vida humana que integran los valores materiales y espirituales, en la perspectiva de una auténtica 'ecología humana', que ayude a encontrar el equilibrio original en la Creación entre la persona humana y el universo entero".
En el Ordenamiento del Estatuto se explica que la Pontificia Academia para la Vida se compone de una Presidencia (Presidente, Canciller y Consejo Directivo), de una Oficina Central y de miembros, también llamados Académicos. Al Presidente lo nombrará el Papa y ocupará el cargo por el período fijado en el documento de nombramiento, con la posibilidad de ser designado nuevamente.
Para ordenar mejor su propia actividad, la Oficina Central se estructura en dos secciones: la sección científica y la administrativa, o Secretaría. Los miembros se dividen en Ordinarios, Miembros regulares, Miembros honorarios y Miembros jóvenes investigadores. A los Académicos se les elegirá entre sacerdotes, religiosos y laicos pertenecientes a diferentes nacionalidades y expertos en disciplinas relacionadas con la vida humana (medicina, ciencias biológicas, teología, filosofía, antropología, derecho, sociología, etc.).
En la descripción de la actividad ordinaria, el Estatuto anuncia que "la Pontificia Academia para la Vida tendrá que mantener una colaboración estrecha con los organismos e instituciones mediante las cuales la Iglesia está presente en el mundo de la ciencia biomédica, de la salud y de las organizaciones sanitarias, ofreciendo la propia colaboración a los médicos e investigadores, aunque no sean católicos o cristianos, que reconozcan, como fundamento moral esencial de la ciencia y de la medicina, la dignidad del hombre y la inviolabilidad de la vida humana, desde la concepción hasta la muerte natura, como figura propuesto en el Magisterio de la Iglesia". Cada año organizará una Asamblea General.
En el título IV del Estatuto, donde se habla de los aspectos financieros, se lee que, en cuanto que es una institución sostenida por la Santa Sede, la Pontificia Academia para la Vida "presentará cada año un balance de sus actividades ordinarias y extraordinaria. En caso de suficiente disponibilidad de medios financieros, una parte de los recursos pueden destinarse a financiar becas y otras iniciativas para la formación en bioética, en particular de personas de países en vías de desarrollo, o en áreas donde la cultura de la vida tenga una mayor necesidad de apoyo".
Traducido y adaptado por Miguel Pérez Pichel. Publicado originalmente en ACI Stampa.
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- ACI Prensa (@aciprensa) 3 de marzo de 2016