En el segundo Domingo de Pascua, la Iglesia Católica celebra también el Domingo de la Divina Misericordia, en el que el fiel puede obtener una indulgencia plenaria para sí mismo o para alguien que falleció. Aquí te compartimos los requisitos para alcanzar este don.
De manera amplia se puede decir que la indulgencia plenaria es una gracia que "devuelve" el alma al estado en el que estuvo al recibir el Bautismo. Si una persona fallece después de recibirla, va directamente al Cielo.
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En sus apariciones a Santa Faustina Kowalska, Cristo, bajo la devoción del Señor de la Divina Misericordia, aseguró varias gracias a los que se acojan a su misericordia.
"Deseo que la Fiesta de la Misericordia sea refugio y amparo para todas las almas y, especialmente, para los pobres pecadores… El alma que se confiese y reciba la Santa Comunión obtendrá el perdón total de las culpas y de las penas… Que ninguna alma tema acercarse a mí, aunque sus pecados sean como escarlata", dijo el Señor en una de sus apariciones a la santa polaca.
En junio de 2002, San Juan Pablo II instituyó oficialmente la indulgencia plenaria para esta fiesta que se celebra el segundo Domingo de Pascua.
Para ello publicó el "decreto sobre las indulgencias recibidas en la Fiesta de la Divina Misericordia", en el que se indica que también pueden alcanzarlas los enfermos y los navegantes en altamar.
La indulgencia plenaria se concede al fiel que participe en actos de piedad realizados en honor de la Divina Misericordia, con las condiciones habituales de confesión sacramental, comunión eucarística y oración por las intenciones del Papa.
Este año el Domingo de la Divina Misericordia se celebrará en toda la Iglesia el domingo 7 de abril.