El Tribunal Constitucional (TC) del Perú decidió el 22 de marzo que la Biblia y el crucifijo no violan la laicidad del Estado y defendió su presencia en los espacios públicos como expresión de la historia, tradición y cultura del país.
De esta manera, el Tribunal Constitucional declaró infundada la demanda de amparo interpuesta por el abogado peruano Jorge Manuel Linares Bustamante, que reclamaba el retiro de los crucifijos y la Biblia de los juzgados y tribunales del Poder Judicial.
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En declaraciones a ACI Prensa este 23 de marzo, el juez Gerardo Eto Cruz, magistrado del TC, explicó que la presencia de los crucifijos y la Biblia en espacios públicos no violentan la libertad religiosa de las personas.
La sentencia del TC señala que "la presencia de símbolos religiosos como el crucifijo o la Biblia que se encuentran histórica y tradicionalmente presentes en un ámbito público, como en los despachos y tribunales del Poder Judicial, no afecta la libertad religiosa ni el principio de laicidad del Estado".
El juez Eto Cruz señaló que la presencia de la Biblia y el crucifijo "no afecta el principio de laicidad. Nosotros tenemos un estado aconfesional o laico como regla, pero la propia Constitución ha establecido en el artículo 50 que dentro de este régimen de independencia que tiene el estado con la Iglesia, la Iglesia verdaderamente forma parte del acervo histórico, cultural y moral del Perú y por lo tanto le presta su colaboración".
"Históricamente, nadie que esté en su sano juicio puede negar la presencia de España en América Latina que vino con el idioma y el acervo religioso. Eso forma parte de nuestra formación cultural", señaló a ACI Prensa.
La Biblia y el crucifijo en un despacho judicial, explicó el juez Eto Cruz, no son un referente de "confesionalidad sino que se refieren al entroncamiento histórico cultural de estos símbolos en el Estado como tal".
El fallo peruano ocurre solo días después que la Corte Europea de Derechos Humanos con sede en Estrasburgo resolviera el 18 de marzo que los crucifijos pueden quedarse en las aulas de las escuelas públicas italianas porque no violan el derecho de los padres a educar a sus hijos de acuerdo a sus convicciones.
Eto Cruz destacó que la Corte de Estrasburgo ha firmado un fallo muy similar al peruano.