El Colegio de Médicos ha acogido este martes una jornada para analizar el ejercicio de la objeción de conciencia en el ámbito sanitario. Tres expertos en la materia han abordado desde diferentes ámbitos las limitaciones en su aplicación, los posibles conflictos que pueden surgir y la base jurídica que respalda a este derecho.
"La jornada se ha convertido en una reflexión en voz alta sobre la objeción de conciencia en el ejercicio de la medicina, intentando ordenar los principales problemas y aportando soluciones para la resolución de conflictos que puedan producirse en la práctica asistencial", ha explicado Aurelio Luna, catedrático de Medicina Legal de la Universidad de Murcia y moderador de una jornada que ha contado con la presencia, entre otros, de Rodolfo Castillo, presidente del Colegio de Médicos o Joaquín García-Estañ, decano de la Facultad de Medicina.
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El primero en intervenir ha sido José Francisco Sánchez Lucerga, teniente fiscal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, que se ha encargado de exponer la fundamentación ético-jurídica de la objeción de conciencia.
"Es importante diferenciar la objeción de conciencia de la desobediencia civil. La primera es una opción moral o ética del inidividuo", ha explicado para después recordar que la jurisprudencia se inclina por considerar la objeción de conciencia "como parte de un derecho más amplio que es la libertad ideológica más que como un derecho en si mismo".
Enrique Villanueva Cañadas, catedrático de Medicina Legal de la Universidad de Granada y miembro de la Comisión Central de Deontología de la OMC, ha destacado que la objeción de conciencia es para el médico "un derecho fundamental" y que, en la práctica, "no hay muchos casos en los que realmente se pueda aplicar más allá del aborto, la eutanasia si se legaliza o la alimentación forzosa a personas en huelga de hambre".
Por su parte, Gumersindo González Díaz, presidente de la Comisión Deontológica del Colegio de Médicos de la Región de Murcia y jefe de servicio de la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital Morales Meseguer, ha comentado en su intervención las diferentes posibilidades que existen a la hora de establecer registros de médicos objetores que deben ser siempre "voluntarios y anónimos".
"En primer lugar, debían ser los jefes de servicio de cada centro quienes contaran con estos registros ya que ellos son los encargados de organizar el trabajo", ha explicado, para añadir que, en un segundo nivel, "el Colegio de Médicos podría contar un registro que garantizara que se respetan los derechos del profesional en caso de conflicto".