El médico que tenga que valorar si una menor de 16 ó 17 años puede abortar sin informar a sus padres por riesgo de grave conflicto familiar podrá, aunque no deberá, pedir un informe a un psicólogo o trabajador social "en el caso de que tenga dudas" o porque "no le baste" con su testimonio.
Así lo ha precisado este martes la ministra de Sanidad y Política Social, Trinidad Jiménez, haciendo referencia al contenido del reglamento que desarrolla los aspectos más prácticos de la ley del aborto, un documento consensuado ya por Sanidad con Igualdad y Justicia y cuya aprobación está prevista "para antes del 5 de julio", fecha de entrada en vigor de la norma.
Recibe las principales noticias de ACI Prensa por WhatsApp y Telegram
Cada vez es más difícil ver noticias católicas en las redes sociales. Suscríbete a nuestros canales gratuitos hoy:
Dice Jiménez que la manifestación de este temor por parte de la menor tiene ya por sí misma "valor jurídico". No obstante, de albergar dudas, los médicos podrán pedir un informe sobre la joven que el psicólogo o el trabajador social diseñarán y del que la ministra ha rehusado detallar sus características, pues "son profesionales que saben hacer su trabajo".
El proyecto de Real Decreto para desarrollar la Ley Orgánica de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, es decir la ley del aborto, contempla que, en una situación libre de coacciones familiares, la joven de 16 ó 17 años que quiera abortar –antes de la semana 14 de embarazo– tiene la obligación de informar a sus padres de la decisión.
Para demostrar que sus padres o tutores están al corriente, la menor podrá acudir a la clínica acompañada por sus padres o bien, presentar, según explicó la ministra, "una carta o prueba escrita de consentimiento", acompañado de una copia del DNI de su progenitor o tutor, "una fórmula legal utilizada para acreditar un consentimiento en cualquier acto jurídico".
Preservar la confidencialidad
Sobre los procedimientos para preservar la identidad de las mujeres, este reglamento precisa que todas las mujeres que quieran abortar recibirán, en la clínica acreditada pública o privada donde decidan someterse al aborto, "un sobre cerrado elaborado por el órgano competente de la comunidad autónoma donde vaya a practicarse la intervención".
Este sobre contendrá, entre otras informaciones, las ayudas públicas disponibles para las mujeres embarazadas y datos sobre los centros de información sobre anticoncepción y asesoramiento tras un aborto.
Este sobre será entregado personalmente a la gestante y los registros de los sobres entregados que lleven, en su caso, los órganos administrativos o los centros acreditados no podrán recoger datos personales. Dice el texto que las restantes características físicas del sobre, como la forma de identificar a la paciente, "serán determinadas por las comunidades autónomas".
Según este documento, "a fin de garantizar la confidencialidad e intimidad de la mujer gestante, los registros de los sobres entregados que lleven, en su caso, los órganos administrativos o los centros sanitarios públicos o privados acreditados no podrán recoger datos personales".