La Conferencia Episcopal de Costa Rica (CECOR), exigió respetar el derecho a la libertad de expresión del Obispo de Cartago, Mons. José Francisco Ulloa; el cual fue lesionado por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), que lo condenó por recordar a los fieles que el voto debe ser coherente con la fe.
El 3 de mayo el TSE condenó a Mons. Ulloa a pagar "las costas, daños y perjuicios causados" por haber recordado a los católicos que no pueden respaldar programas políticos que vayan contra los principios cristianos. La demanda fue interpuesta por miembros del Movimiento por un Estado Laico.
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El Tribunal se basó en el artículo 28 de la Constitución, que dice que "no se podrá, sin embargo, hacer en forma alguna propaganda política por clérigos o seglares invocando motivos de religión o valiéndose, como medio, de creencias religiosas".
El Episcopado advirtió que "esta excepción a la libertad de expresión contemplada en el párrafo tercero del artículo 28 de la Constitución, es una odiosa discriminación, que amerita una reforma acorde con la doctrina universal de los Derechos Humanos".
La CECOR expresó su solidaridad con Mons. Ulloa y respaldó "las acciones que emprenda en defensa de sus derechos fundamentales, ante las instancias y organismos competentes".
Los obispos rechazaron la sentencia del TSE porque el Obispo de Cartago cumplió con su misión de pastor de "iluminar el momento político que vivía el país". Mons. Ulloa, indicaron, "nunca impuso a los fieles seguir su criterio, ni señaló su incumplimiento como pecado".
Órgano colegial
En su comunicado, la CECOR también rechazó el pedido del Tribunal para que Mons. Hugo Barrantes, en su calidad de Presidente del Episcopado, "instruya a los Obispos que la conforman, de mantenerse dentro de los lineamientos que esta resolución señala, frente a procesos electorales futuros".
Los obispos recordaron que "que dada la naturaleza de la Conferencia Episcopal como órgano colegial para coordinar algunas acciones pastorales, su presidente no ejerce potestad jurisdiccional - disciplinaria alguna sobre los obispos en sus Diócesis, por lo que resulta impropio el mandato dado al Presidente de la Conferencia Episcopal, emitido en la sentencia".
Los obispos reiteraron su "respeto al ordenamiento jurídico costarricense, el cual está informado por la doctrina de Derechos Humanos y el Derecho Natural", y reafirmaron que no cejarán en su misión de anunciar el Evangelio, "predicando el valor absoluto de la Vida Humana, los valores de la familia y de la Doctrina Social de la Iglesia en fidelidad a Cristo y a nuestro pueblo".