Tras la decisión del Superior Tribunal de Justicia de Brasil que permite a una pareja de mujeres lesbianas mantener la custodia de dos niñas adoptadas, una decisión que podría sentar jurisprudencia para casos similares, el Ministerio Público regional objetó el fallo explicando que esta unión homosexual es "una sociedad de facto" y no un matrimonio, por lo que la sentencia viola la ley brasileña.
La medida del Ministerio Público se dio a conocer tras la decisión unánime del tribunal que en un comunicado señala, a través del juez Luis Felipe Salomão, que en este caso el nexo afectivo entre las pequeñas y las "madres" lesbianas es "indiscutible".
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Este fallo contraría la solicitud de la fiscalía del estado de Río Grande do Sul, que pidió retirar la custodia de las dos niñas, que estaban con las dos mujeres desde 1998.
Una de las dos mujeres adoptó las dos niñas cuando eran bebés y su compañera, que vive con ella desde aquel entonces, solicitó a la justicia figurar también como madre adoptiva.
El Ministerio Público regional recurrió esta decisión ya que la unión homosexual es una "sociedad de facto", por lo que la adopción de menores violaría la ley brasileña, que obliga a la pareja a estar casada legalmente o demostrar ante la justicia que se trata de una unión estable.
En diciembre el Gobierno del presidente Luiz Inácio Lula da Silva aprobó un proyecto legislativo que por primera vez sugería al Legislativo estudiar la regulación de la unión civil entre homosexuales, amenazando así la estabilidad de la familia en Brasil. Este proyecto que también sugiere la despenalización del aborto ha sido duramente criticado por los obispos y diversos instituciones pro-familia en el país.