La Asociación Nacional para la Defensa del Derecho de Objeción de Conciencia (ANDOC), recordó a los profesionales farmacéuticos que tienen todo el derecho a usar la objeción de conciencia para negarse a dar "preparados hormonales sin prescripción sanitaria, incluso a menores", sin temor a la arbitrariedad de la administración pública.
Durante un evento en el Colegio de Farmacéuticos de Jaén, el abogado de ANDOC, Miguel Castillo Calvín; y el Fiscal de Menores, Javier García Rull, explicaron "desde sus diferentes puntos de vista que los folletos y publicidad política entran en contradicción con Leyes de protección de menores perfectamente en vigor, y que no han sido derogadas ni modificadas".
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"Así antes que dispensar preparados a menores que objetivamente por la propia materia activa pueden poner en riesgo la salud, el farmacéutico puede dirigirse a la fiscalía de menores para poner en conocimiento del fiscal de menores el caso, y éste actúe", informó ANDOC.
Asimismo, indicó que el profesional puede alegar objeción de conciencia "entre unas orientaciones políticas, y el ejercicio responsable de su autonomía profesional", y dirigirse a su Colegio y declararse objetor de conciencia "sin tener que especificar los motivos íntimos, o especificando las razones científicas en que se basa su objeción".
"Los Colegios deben guardar tal petición en el archivo confidencial del colegiado, sin elaborar listas de los colegiados que se acojan a cláusula de conciencia en cumplimiento de las Normas de Protección de Datos, ni facilitar este tipo de información a terceros, ni siquiera el número ni proporción", señaló ANDOC.
Finalmente, recordaron que "tras las dos sentencias del Tribunal Supremo y Superior de Justicia de Andalucía, promovidas por farmacéuticos de Jaén, queda patentemente evidenciado el derecho que ampara a los profesionales sanitarios a no realizar prestaciones que les fueran ordenadas si éstas son susceptibles de conflictos de ciencia y conciencia".
Más información en www.andoc.es