El Tribunal Supremo de Justicia decidió esta semana arrebatarle al Obispado de Canarias el derecho a seleccionar la idoneidad de las personas que enseñan religión católica, al fallar a favor de una mujer unida en convivencia fuera de su matrimonio, a quien la Diócesis había considerado incompetente para enseñar religión.
Según la decisión de la justicia, la diócesis tendrá que indemnizar con más de 10 mil euros, a los que hay que sumar "intereses y moras" a la profesora de religión de Las Palmas María del Carmen Galayo.
Recibe las principales noticias de ACI Prensa por WhatsApp y Telegram
Cada vez es más difícil ver noticias católicas en las redes sociales. Suscríbete a nuestros canales gratuitos hoy:
Galayo, casada, separada y en una nueva unión, fue despedida del cargo de profesora de religión por la diócesis, al señalársele que su situación de adulterio no era compatible con los principios morales que la Iglesia requiere públicamente para poder enseñar religión a menores.
Galayo inició, con el apoyo de la prensa local, una batalla judicial aduciendo que las autoridades de la Iglesia se habían "inmiscuido indebidamente en su vida privada"; y exigió no sólo la elevada compensación económica, sino el derecho a ser repuesta en el cargo.
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo anunció que desestimaba el recurso de queja presentado por el Obispado contra la decisión de la instancia judicial previa.
Con esta decisión, el Obispado se ha quedado sin instancias y deberá pagar la suma exigida por Galayo; aunque podría intentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional para lograr conservar el derecho de que Galayo no sea repuesta en el cargo como profesora de religión.