La Comisión de Matrimonio y Familia de la Conferencia Episcopal Argentina (CEA) recordó este jueves que la Corte Suprema de la Nación ya ha fallado anteriormente a favor de la condición de “persona” del niño por nacer, con lo que lo ha convertido en sujeto de derecho en la legislación nacional, haciendo legalmente inaceptable la despenalización subrepticia del aborto que se debate en el Congreso de la Nación.
El fallo de la Corte Suprema al que hace mención la Comisión de la CEA autoriza el resarcimiento económico a favor de Elvira Berta Sánchez por el asesinato del niño que se encontraba en el vientre de su hija cuando ésta fuera fusilada el 14 de septiembre de 1976, por fuerzas militares.
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En aquel momento, Ana María del Carmen Pérez se encontraba a seis días de finalizar el noveno mes de embarazo, recibiendo un tiro en el vientre para causar la muerte del niño.
La Corte Suprema entendió que el reclamo de Sánchez es procedente por cuanto a la "persona por nacer" el Código Civil le reconoce su condición de persona y su capacidad para adquirir derechos o contraer obligaciones.
El fallo hace mención al artículo 63 del Código, que permite conceptuar como otra víctima, distinta de su madre, al niño que Pérez llevaba en su vientre al momento de su fusilamiento, siendo dos las víctimas a las que se dio muerte: la madre y el hijo no nacido.
Según explica la Comisión de Matrimonio y Familia “con este fallo, el Supremo Tribunal reconoce como bienes jurídicos igualmente valiosos tanto la vida del niño por nacer, como la vida de su madre. De este modo sale al cruce del discurso populista del progresismo actual, que relativiza el derecho a la vida del niño por nacer, para supeditarlo al libre parecer de la madre”.