Miembros de la Corte Constitucional Colombiana negaron a los jueces del país el derecho a alegar objeción de conciencia para no autorizar pedidos de aborto, y anunciaron que estos magistrados podrían recibir sanciones.
Según informó Caracol Radio, varios magistrados de este órgano precisaron que los jueces colombianos no pueden alegar la objeción de conciencia, para negarse a tramitar y fallar acciones de tutelas en las que se pide autorización para la práctica de un aborto.
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"En Colombia los jueces están obligados a decidir en derecho y no en conciencia", declararon y argumentaron que en el "Código de Procedimiento Penal están descritas las causales de impedimento para que un juez se aparte o se niegue a tramitar una causa, y en ellas no figura la denominada objeción de conciencia".
De esta manera, los magistrados se refirieron a la posición de tres jueces de Santa Marta, que se negaron a autorizar la práctica de un aborto a una mujer con seis meses de embarazo. La madre alega que a su bebé le diagnosticaron malformaciones irreversibles.
Los magistrados de la Corte Constitucional consultados por Caracol sostuvieron además que en su fallo no se establece que "las clínicas o centros médicos exijan a los pacientes que soliciten a un juez la autorización para la práctica de un aborto", con lo que en la práctica se liberalizaría el aborto.