La líder feminista Leila Linhares Barsted señaló recientemente que defender los “derechos” individuales “como el ‘derecho’ al aborto, es defender la democracia, la ciudadanía y los derechos humanos” y que estos deben ser defendidos “incluso por parte de la Iglesia Católica”.
Para Linhares, “la libertad religiosa es un derecho individual; sólo el ‘Estado laico’ garantiza la libertad religiosa. La defensa del Estado laico significa defensa de los derechos individuales, como el aborto”.
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“En este sentido el Estado brasileño adoptó una posición muy poco ‘laica’, porque no cumple con la separación entre la iglesia y el estado que garantiza la Constitución. En el tema de los derechos sexuales y reproductivos ha cedido a la presión de las iglesias, especialmente de la Iglesia Católica”, señaló Linhares.
La líder abortista fue nombrada esta semana presidenta del Comité de “expertas” para el seguimiento y monitoreo de la convención interamericana de Belém do Pará, para erradicar la violencia contra la mujer, que se desenvolverá como un ente oficial de la Organización de Estados Americanos (OEA), cuya primera reunión ya se realizó del 22 al 25 de agosto.
Por su parte, el Obispo Auxiliar de Sao Paulo y Secretario General de la Conferencia Nacional de Obispos de Brasil, Mons. Odilo Scherer, contestó a Linhares indicando que la Iglesia, como una de las instituciones existentes en el ámbito de un estado laico, “cumple con su deber de manifestarse públicamente en defensa de todo ser humano, sobre todo defendiendo el derecho a la vida de los más frágiles e indefensos. Por eso, apelamos a los poderes constituidos para que ese derecho sea tutelado y asegurado a todos. Respaldan esta intervención de la Iglesia los principios constitucionales de Brasil".
"El derecho a la vida no puede ser comparado con los derechos individuales como la libertad de culto, esa argumentación va contra la lógica jurídica de los derechos humanos”, agregó el Prelado.
La Convención de Belém do Pará
La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (CEDAW), fue aprobada en 1994, durante la Asamblea de la Organización de Estados Americanos (OEA) realizada en Belém do Pará, Brasil; y entró en vigor en 1995.
El concepto de “violencia contra la mujer”, en las recomendaciones de los comités del sistema de derechos humanos de la ONU, ha sido reinterpretado de modo que se entienda por violencia contra la mujer, por ejemplo, las leyes o reglamentos que prohíban o limiten el acceso al aborto, también la llamada injerencia social o familiar que impida el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos (aborto). La Convención también obliga a los Estados parte a adoptar las disposiciones legislativas o de otra índole que sean necesarias para hacerla efectiva. De los actuales 34 países miembros de la OEA, solamente tres no la han ratificado la Convención: Canadá, Estados Unidos y Jamaica. En Argentina, esta semana el senado podría darle rango constitucional.
El Comité abortista
Un comité de “expertas” –lleno de feministas que son parte del Comité de América Latina y del Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM), que las mismas feministas llaman “la Red ‘pro choice’ (abortista) más grande del mundo”– monitorea el cumplimiento de la Convención junto con una Conferencia en la que estarán representados los Estados Parte, a la que de alguna manera está subordinado el Comité.