La jueza federal María Servini de Cubría terminó el proceso judicial abierto contra el Obispo Castrense, Mons. Antonio Juan Baseotto, declarando la inocencia del Prelado acusado de “apología del crimen” por citar una frase bíblica para reforzar su rechazo a la actitud abortista del Ministro de Salud.
En febrero pasado, el Obispo envió una carta al Ministro Ginés González García, en la que respondía a sus declaraciones a favor del aborto y el reparto de preservativos entre jóvenes en la vía pública.
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Mons. Baseotto señaló en la misiva que “la multiplicación de los abortos que usted propicia con fármacos conocidos como abortivos es apología del delito de homicidio… Cuando usted repartió públicamente profilácticos a los jóvenes, recordaba el texto del Evangelio donde nuestro Señor afirma que 'los que escandalizan a los pequeños merecen que le cuelguen una piedra de molino al cuello y lo tiren al mar'…”
Esta última línea desató la ira de varios líderes abortistas y supuso tres denuncias penales contra el Obispo acusándolo de haber realizado un "elogio al homicidio" en "una de las formas más perversas utilizadas en la República Argentina en los tiempos del horror militar”. También lo acusaron de "infundir un temor público" e incurrir en el delito de “amenazas para alarmar o amedrentar a una o más personas”.
La resolución judicial que declara la inocencia del Obispo se emitió el 8 de julio y en ella, la magistrada subraya que "el hecho investigado no encuadra en una figura legal”.
La jueza federal explicó en su sentencia que “ya sea dentro del contexto en que se enviara, como también de su interpretación literal, la misiva suscripta por Mons. Baseotto no sólo no hace mención alguna a los sucesos señalados por los denunciantes, sino que tampoco ofende al bien común ni hace exaltación, ponderación o elogio de ningún hecho criminal específico, sino que el pasaje que se critica resulta una simple remisión literaria formulada por una autoridad eclesiástica, sobre una obra, que para su credo es la base misma del culto que profesa y cuya redacción quien la señalara considera inspirada por Dios; por lo cual, aseverar que los dichos formulados por el Obispo significaba una exacerbación de hechos que se habrían producido en el pasado, corre por cuenta de quien así lo entienda, mas no merece, a criterio de la suscripta, el reproche de los entes jurisdiccionales encargados de reprimir delitos”.