El abogado de familia español Enrique Sainz dio a conocer esta semana en sus redes sociales una sentencia dictada por un tribunal eclesiástico en su país, el cual decretó la nulidad de un matrimonio en el que la esposa tenía una cuenta en la plataforma OnlyFans.

En un video publicado en Instagram el 1 de julio, el letrado detalló que la cuenta fue creada antes del matrimonio y esta se mantuvo una vez casados, siendo ocultada en todo momento.

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Cuando el esposo descubrió que su cónyuge mantenía un canal activo en la red social de pago con contenido erótico, decidió presentar su caso al tribunal eclesiástico con el fin de que se declarase nulo el matrimonio.

“Para poder entender esta sentencia, tenéis que saber que el matrimonio eclesiástico obliga a los contrayentes a mantenerse fieles, tener hijos y estar con otra persona para toda la vida, de modo que si en el momento de contraer matrimonio alguno de ellos excluye alguno de estos fines, contrae inválidamente y por tanto se puede decretar la nulidad del matrimonio”, explicó Sainz.

La Iglesia Católica no admite el divorcio, por lo que la nulidad implica que el matrimonio fue inválido desde el principio.

Según el abogado, en el presente caso, el tribunal dictaminó que la esposa había violado el canon 1101 del Código de Derecho Canónico al haber excluido la fidelidad en el momento de casarse.

“La novedad de esta sentencia es que, pese a que la esposa manifestó que únicamente lo hacía para sacarse un dinerillo y que no eran fotos para nada sexualizadas pues no estaba desnuda, el tribunal considera que sí ha excluido la fidelidad, por cuanto creó la cuenta antes de contraer matrimonio y la mantuvo hasta después de la misma”, agregó el letrado.

Un sacerdote experto en derecho canónico analiza el caso

El P. Luis Gaspar, quien trabajó por más de 15 años como juez del Tribunal Eclesiástico Interdiocesano de Lima (Perú), compartió con ACI Prensa los motivos por los cuales el matrimonio en mención podría haber sido declarado nulo.

Según el presbítero, para que un matrimonio religioso sea válido debe apoyarse en tres pilares fundamentales: la ausencia de impedimentos, que la celebración del matrimonio cumpla con las normativas litúrgicas de la Iglesia, y finalmente el consentimiento libre y voluntario.

“¿Cuándo se puede viciar este acto del consentimiento? Cuando se simula, cuando no se va libre, por ejemplo, cuando estás con efectos del alcohol, de la droga o de algunos medicamentos. Cuando tu consentimiento no ha sido plenamente libre, o por ejemplo, tu consentimiento ha sido simulado”, explicó.

Refiriéndose al caso de la esposa que ocultó la cuenta de OnlyFans, coincidió con el abogado Sainz en que la nulidad fue concedida por el tribunal basándose en el canon 1101: “El consentimiento interno de la voluntad se presume que está conforme con las palabras o signos empleados al celebrar el matrimonio. Pero si uno o ambos contrayentes excluyen con un acto positivo de la voluntad el matrimonio mismo, o un elemento esencial del matrimonio, o una propiedad esencial, contraen inválidamente”.

El P. Gaspar detalló que este canon trata sobre la simulación, por lo tanto, “trata sobre el tercer pilar para la validez del matrimonio, que es el consentimiento”.

“El consentimiento ha estado viciado. ¿Por qué? Porque a la otra parte se le ha ocultado una circunstancia, un comportamiento que luego va a afectar a la vida matrimonial, a la vida de comunidad y amor de los esposos. Y de hecho, así ha sucedido y se ha procedido a solicitar la nulidad”, sostuvo.

El acto de ocultación, de acuerdo al Doctor en Derecho Canónico, “ha afectado plenamente a esa donación total, que es la entrega total, un sólo cuerpo”.

“Directamente se afecta la fidelidad, ya que no hay una entrega total. A través de plataformas como OnlyFans, cuyo propósito es erótico o pornográfico, se rompe moral y sacramentalmente el vínculo de 'una sola carne'”, agregó.

Finalmente, recordó que el fallo del tribunal eclesiástico se dio tras un exhaustivo estudio e investigación, que llegó a “la certeza moral de que se ha faltado a una propiedad esencial de la vida matrimonial, como puede ser la fidelidad”.

El proceso de declaración de nulidad

El proceso para declarar la nulidad matrimonial es riguroso y bien definido. “Lo primero que tiene que hacer el esposo, la esposa y luego el sacerdote o el guía espiritual, o el mismo tribunal eclesiástico, es poner todos los medios para que ese matrimonio no llegue a la nulidad”, señaló el P. Gaspar. Si el matrimonio no puede salvarse, se presenta el caso al tribunal eclesiástico, donde se estudia en detalle.

En casos como el de la cuenta de OnlyFans, el esposo o esposa debe proporcionar pruebas de que la conducta oculta existía antes del matrimonio. “Puede ser un pantallazo a esa página, que pueda ser verificado”, mencionó el P. Gaspar. Testigos y declaraciones también forman parte del proceso.

Con más de 15 años de experiencia en el Tribunal Eclesiástico de Lima, el P. Gaspar ha visto diversos casos que han llevado a la nulidad. “Por ejemplo, en el tema de simulación del consentimiento. El tema de homosexualidad [que fue ocultado] a la otra parte. O el tema de consumir drogas. [La pareja] le ocultó el vicio de la droga”, relató. Estos ejemplos ilustran la variedad de situaciones que pueden viciar el consentimiento matrimonial.