El domingo 21 de abril fue aplicada la eutanasia a la activista Ana Estrada, una práctica que no es legal en el Perú pero que fue avalada en este caso por el Poder Judicial.
Según refiere un comunicado divulgado este lunes por diversos medios de comunicación locales, la activista “murió en sus propios términos, conforme a su idea de dignidad y en pleno control de su autonomía hasta el final”.
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“El procedimiento médico se realizó conforme al ‘Plan y Protocolo de Muerte Digna’ aplicable a Ana, aprobado por EsSalud, en el marco de la histórica sentencia a su favor, emitida el 23 de febrero de 2021 y ratificado por la Corte Suprema el 14 y 27 de julio de 2022”, añade el texto.
¿Quién es Ana Estrada?
Ana Estrada era una activista peruana de 47 años que padecía polimiositis —una enfermedad incurable que la dejó postrada en silla de ruedas— y que, desde el 2019, reclamaba al Estado poder aplicarse la eutanasia.
La eutanasia no es legal en el Perú. Sin embargo, en 2022 el Poder Judicial falló a favor de Estrada para que “se inaplique” el artículo 112° del Código Penal vigente, que sanciona con una pena de prisión no mayor de 3 años al que “por piedad, mata a un enfermo incurable”.
En febrero último, la Corte Superior de Justicia de Lima ordenó al Seguro Social de Salud (EsSalud) y al Ministerio de Salud (Minsa) respetar la decisión de Estrada.
Recientemente, EsSalud también señaló que no era preciso llevar a cabo una evaluación psicológica adicional a la practicada en octubre pasado, y decidió que Estrada pueda designar a una persona de confianza para otorgar el consentimiento mediante su firma.
¿Qué dice la Iglesia Católica sobre la eutanasia?
El numeral 2277 del Catecismo de la Iglesia Católica enseña que “cualesquiera que sean los motivos y los medios, la eutanasia directa consiste en poner fin a la vida de personas disminuidas, enfermas o moribundas. Es moralmente inaceptable”.
“Por tanto, una acción o una omisión que, de suyo o en la intención, provoca la muerte para suprimir el dolor, constituye un homicidio gravemente contrario a la dignidad de la persona humana y al respeto del Dios vivo, su Creador”, agrega el texto.
“El error de juicio en el que se puede haber caído de buena fe no cambia la naturaleza de este acto homicida, que se ha de rechazar y excluir siempre”, precisa.
A inicios de este mes, el Vaticano publicó la declaración Dignitas infinita, en la que se advierte de 13 “graves violaciones” a la dignidad humana, una de las cuales es la eutanasia.
Al respecto, el texto señala que “está muy extendida la idea de que la eutanasia o el suicidio asistido son compatibles con el respeto a la dignidad de la persona humana”.
“Frente a este hecho —indica—, hay que reafirmar con fuerza que el sufrimiento no hace perder al enfermo esa dignidad que le es intrínseca e inalienablemente propia, sino que puede convertirse en una oportunidad para reforzar los lazos de pertenencia mutua y tomar mayor conciencia de lo preciosa que es cada persona para el conjunto de la humanidad”.
Tras alentar los cuidados paliativos de los enfermos, el documento precisa que “ayudar al suicida a quitarse la vida es, por tanto, una ofensa objetiva contra la dignidad de la persona que lo pide, aunque con ello se cumpliese su deseo”.