En Colombia ha sido suspendido un juez por haberse negado a celebrar la unión civil de dos mujeres, al señalar que ello iba contra sus convicciones religiosas. La sanción ha sido rechazada por los parlamentarios de la Bancada Provida porque viola el derecho a la libertad de conciencia del magistrado.
Como #BancadaProvida de @SenadoGovCo y @camaracolombia hoy queremos pronunciarnos ante la sanción que recibió el Juez Ramiro Flórez, por obrar conforme a sus convicciones amparadas por la Constitución#BancadaProvida #LibertadDeConciencia pic.twitter.com/VGk7VsFgso
— Mauricio Giraldo (@mgiraldosenador) April 12, 2024
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El funcionario suspendido es Ramiro Eliseo Flórez Torres, juez décimo civil municipal de Cartagena, quien en agosto de 2020 no aceptó la solicitud de una mujer colombiana y una venezolana para contraer “unión civil”.
De acuerdo a la Revista Semana, al explicar sus razones el juez indicó que “ello contraría mi moral cristiana, va en contra de mis principios esenciales, y cuando exista conflicto entre lo que dice la ley humana y lo que dice la ley de Dios, yo prefiero la ley de Dios, porque prefiero agradar primero a mi Señor Dios todopoderoso, antes que al ser humano”.
Sin embargo, la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bolívar, departamento cuya capital es Cartagena, inhabilitó por 15 años a Flórez Torres para ejercer algún cargo público, y afirmó que las razones del magistrado no eran argumentos jurídicos o legales.
La unión civil de personas del mismo sexo ha sido sancionada favorablemente por la Corte Constitucional de Colombia con su sentencia C-577 de 2011.
Bancada Provida: Se ha violado el derecho a la libertad de conciencia
La inhabilitación al juez Ramiro Eliseo Flórez Torres ha sido rechazada por la Bancada Provida del Congreso de Colombia, que en un comunicado emitido ayer 11 de abril ha considerado la sanción “como una clara violación al derecho a la libertad de conciencia del que gozamos todos los colombianos”.
El comunicado indica que “en Colombia no se pueden cercenar derechos por obedecer a agendas ideológicas”, y recuerda que el artículo 18 de la Constitución garantiza la libertad de conciencia, “además de señalar que ‘nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a actuar contra su conciencia’”.
“Por ello, rechazamos tajantemente que se le impida ejercer su labor y se condene a perder su trabajo a una persona, por el hecho de obrar de conformidad con sus convicciones, las cuales están amparadas por la norma de normas”, expresa.
La Bancada Provida advierte que la decisión de la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bolívar ha sentado “un peligroso precedente en el país que pondría en riesgo a cualquiera que busque vivir coherentemente su fe”.
Por ello, informa en su comunicado que los miembros de la Bancada presentarán “un Proyecto de Ley para defender, proteger y desarrollar el Derecho Fundamental a la Objeción de Conciencia consagrado en nuestra Constitución”.
Asimismo, expresan su esperanza que la decisión tomada contra el juez de Cartagena “pueda ser apelada”. “Dios bendiga a Colombia”, concluye el comunicado.