El Pleno del Tribunal Constitucional de España ha admitido a trámite un recurso de inconstitucionalidad contra la reciente modificación legal que penaliza la acción de ayuda de los provida a las puertas de los negocios de aborto.
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El máximo organismo de interpretación de la Carta Magna insta al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno a "personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimen convenientes".
El recurso de inconstitucionalidad fue promovido por 50 miembros del Grupo Parlamentario VOX en el Congreso de los Diputados contra la Ley Orgánica 4/2022 de 12 de abril, por la que se modifica el Código Penal para "penalizar el acoso a las mujeres" que acuden a los establecimientos de la industria del aborto a practicarse este procedimiento letal.
Tras esta modificación, el Código Penal establece "pena de prisión de tres meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días" para quien, a juicio del legislador, menoscabe la libertad de las madres que se dirigen a un centro de aborto.
En concreto, el Código Penal se refiere a la persona que "para obstaculizar el ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo [aborto] acosare a una mujer mediante actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos que menoscaben su libertad".