La Fundación Española de Abogados Cristianos ha presentado una denuncia penal contra los administradores de un negocio de abortos en Barcelona "por no respetar el plazo de reflexión de tres días requerido por ley".
La querella interpuesta ante el Juzgado de Instrucción de Barcelona también se ha activado al entender la organización de juristas que el negocio abortista Clínica Médica Sants SL afirma en su sitio web que "se pueden realizar abortos hasta las 22 primeras semanas cuando el límite legal es hasta la semana 14".
Abogados Cristianos puntualiza que "únicamente están permitidos los abortos hasta la semana 22 por causas médicas".
El delito de aborto, tipificado en el artículo 145 BIS del Código Penal puede aplicarse en el caso de practicar un aborto, incluso en los casos contemplados por la ley, cuando no se haya comprobado que la mujer recibió la información sobre "derechos, prestaciones y ayudas públicas a la maternidad".
Así mismo, se podrán imponer penas por este delito cuando el aborto se practique sin contar con los dictámenes médicos preceptivos o fuera de un negocio abortista acreditado.
Las penas previstas por estos motivos son "inhabilitación especial para prestar servicios de toda índole en clínicas, establecimientos o consultorios ginecológicos, públicos o privados, por tiempo de seis meses a dos años" y la imposición de multas de seis a doce meses.