El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) en España condena a la Diputación de Valladolid por colocar una bandera LGBT en la fachada de su edificio principal: "La exhibición de la bandera arcoíris vulnera el principio de neutralidad ideológica o política", determina el tribunal.
En su sentencia, el máximo órgano de Justicia en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, al norte del país, responde a un recurso presentado por la Fundación Española de Abogados Cristianos, que denunció la acción ilegal de la Diputación de Valladolid en 2021.
El TSJCyL afirma además que "la bandera arcoíris es un símbolo con suficiente carga o significación ideológica que trasciende lo meramente social, penetrando en lo político".
Esta consideración la sustenta la justicia en el hecho de las evidentes posiciones encontradas en torno a esta cuestión, tanto que llevan a diferentes partidos políticos a presentar recursos al respecto incluso ante el Tribunal Constitucional.
"Y así, la carga ideológica de la enseña no puede negarse, procediendo su retirada", destaca la sentencia a la que ha tenido acceso ACI Prensa.
"No cabe negar que los actuales partidos políticos, unos moderadamente a favor, otros activamente a favor, otros moderadamente en contra y otros activamente en contra" de lo planteado en los debates sobre la cuestión LGBT "denotan la no neutralidad política del debate, por lo que la exhibición del símbolo del colectivo vulnera la exigible neutralidad".