La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México invalidó de la Constitución del estado de Veracruz el párrafo que garantizaba "el derecho a la vida" desde la concepción hasta la muerte natural, que había sido establecido en agosto de 2016.
En una nota de prensa difundida el 30 de mayo, se informó que el pleno de la SCJN "invalidó una porción normativa del párrafo segundo del artículo 4° de la Constitución del Estado de Veracruz que reconocía el derecho a la vida desde la concepción y hasta la muerte natural, publicado el 23 de agosto de 2016".
Este párrafo establecía que "el Estado garantizará el derecho a la vida del ser humano y su seguridad humana, desde el momento de la concepción hasta la muerte natural, como valor primordial que sustenta el ejercicio de los demás derechos".
Según los magistrados, "el legislador local carece de facultades para modificar el núcleo esencial del derecho a la vida" y "la regulación en tales términos permitía restringir otros derechos fundamentales, especialmente de mujeres y personas gestantes. Además, la disposición vulneraba los principios de interdependencia e indivisibilidad".
Colectivo de mujeres critica a SCJN
El fallo de la SCJN fue criticado por el colectivo "Mujeres libres y soberanas", que acusó al alto tribunal de persistir "en violar la soberanía de los Estados", como ocurrió ayer en Veracruz "al votar a favor los proyectos de acción de inconstitucionalidad 85/2016".