La Suprema Corte de Justicia de la Nación de México (SCJN) avaló este 24 de mayo que las niñas desde los 12 años accedan al aborto en casos de violación, sin consentimiento de sus padres y sin necesidad de haber realizado una denuncia.
La Suprema Corte, la máxima autoridad judicial de México, con facultades de Tribunal Constitucional, tomó esta decisión por nueve votos contra uno, con una ausencia, al discutir dos controversias constitucionales.
Las controversias fueron presentadas por el Congreso estatal de Aguascalientes y el Poder Ejecutivo de Baja California contra la Norma Oficial Mexicana NOM-046, emitida originalmente por la Secretaría de Salud de México en abril de 2009 y modificada en marzo de 2016.
La Suprema Corte analizó y concluyó con un voto similar estos casos en agosto de 2019.
De acuerdo a la NOM-046, hoy validada por la Suprema Corte, las niñas mayores de 12 años pueden solicitar directamente el aborto en las instituciones de salud sin necesidad de ninguna denuncia, sino solamente con una solicitud asegurando "bajo protesta" (NdR.: bajo juramento) que el embarazo es producto de una violación.
Solo en el caso de menores de 12 años la solicitud debe ser presentada por uno de sus padres o su tutor.