Según una reciente decisión del Tribunal Superior de Justicia, una ley que protege a las mujeres que sufren violencia doméstica en Brasil, podrá ser aplicada también a los hombres transgénero que se identifican como mujeres.
El 5 de marzo, la sexta del Tribunal Superior de Justicia de Brasil, responsable de estandarizar la interpretación de la ley federal en todo el país, decidió que la "Ley Maria da Penha", que protege a las mujeres víctimas de violencia doméstica y familiar, pueda ser aplicada también a los hombres que se identifican como mujeres.
La decisión se tomó en base al análisis del caso de un hombre que se identificó como mujer y que fue agredido por su padre, quien no aceptaba que su hijo se identifique con el sexo opuesto a su sexo biológico.
El Ministerio Público presentó un recurso al Tribunal Superior de Justicia contra una decisión de la justicia de Sao Paulo, que se opuso a que la Ley Maria da Penha se aplique al caso de agresión del hombre identificado como mujer, quien había solicitado esta medida.
Después de analizar el recurso, los ministros decidieron por unanimidad que el artículo 5 de la Ley Maria da Penha se aplique al caso mencionado.
El artículo señala que "constituye violencia doméstica y familiar contra la mujer toda acción u omisión basada en el género, que cause la muerte, lesiones, sufrimientos físicos, sexuales o psíquicos y daños morales o patrimoniales".