La justicia española reiteró su rechazo al alquiler de vientres, también llamado gestación por sustitución, y advirtió que esta práctica reduce tanto a las madres como a los bebés a "meros objetos".
En un comunicado difundido este 5 de abril, la Sala Civil del Tribunal Supremo, máximo órgano del Poder Judicial en España, señaló que "los contratos de gestación por sustitución vulneran los derechos fundamentales, tanto de la mujer gestante como del niño gestado, y son por tanto manifiestamente contrarios a nuestro orden público".
El Tribunal Supremo calificó además los contratos de alquiler de vientres como un "atentado a la dignidad humana".
El artículo 10 de la Ley 14/2006, del 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida, advierte que "será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero".
Además, el texto legal español señala que "la filiación de los hijos nacidos por gestación de sustitución será determinada por el parto".
El Obispo de Orihuela-Alicante (España), Mons. José Ignacio Munilla, saludó la sentencia de la justicia española a través de Twitter.