La ley del aborto en Argentina, aprobada el 30 de diciembre de 2020, permite la práctica a solicitud de la madre hasta las 14 semanas de gestación sin causal alguna. A partir de ese plazo es posible solicitarlo para casos de violación.
Para las menores de 13 años que se quieran someter a un aborto, la ley determina que "la declaración jurada no será requerida", mientras que entre los 13 y los 16 años se requerirá solo un "consentimiento informado" por escrito.
En ese contexto, y teniendo como ejemplo las recientes victorias providas con leyes similares en Idaho y Texas (Estados Unidos), los impulsores del proyecto buscan que antes de proceder con el aborto, se realice un "ultrasonido por personal capacitado e idóneo de conformidad con las prácticas médicas estándares, a los efectos de determinar la detección de latidos fetales".
"Los médicos, personal de salud y/o sistemas de salud no podrán realizar o inducir intencionalmente un aborto o interrupción del embarazo, si se detecta un latido cardíaco del/de los feto/s o niño/s en gestación, entendido el mismo como actividad cardíaca o contracción rítmica constante y repetitiva del corazón fetal, dentro del saco gestacional", describe el proyecto de ley.
Si no hay detección de latidos cardíacos, se deberá "repetir el estudio de ultrasonido a los efectos de confirmar el resultado negativo, con un intervalo mínimo de 72 hrs. entre el primer y el segundo ultrasonido", agrega.
Si en ninguno de los dos ultrasonidos se detectan latidos cardíacos fetales, se podría realizar o inducir el aborto.