Apenas un día antes de que Guatemala fuera proclamada como Capital Provida de Iberoamérica, el Congreso del país aprobó la Ley de Protección de la Vida y la Familia el 8 de marzo.
En un comunicado, el Congreso de Guatemala destacó que el objetivo de esta nueva ley es "resaltar el derecho a la protección de la vida, la familia, la institucionalidad del matrimonio entre un hombre y una mujer, la libertad de conciencia y de expresión, así como el derecho de los padres para orientar a sus hijos en los ámbitos de la sexualidad".
Además, indicó el Parlamento guatemalteco, la nueva ley, aprobada por 101 votos a favor y ocho en contra, "establece normativas para defender la vida desde su concepción, a través de la definición de los diferentes tipos de aborto y sus reformas al Código Penal para su sanción".
"La ley también prohíbe de manera expresa el matrimonio y unión de hecho entre personas del mismo sexo", destacó.
La nueva ley incluye pena de cárcel de entre cinco y diez años para la mujer que se somete voluntariamente a un aborto, aunque precisa que en caso de "indudable alteración síquica", la sentencia se podría reducir a entre seis meses y dos años.
Quienes practican abortos podrían enfrentar penas desde seis años hasta 25 años de prisión.