22 de diciembre de 2024 Donar
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Enérgica crítica de Obispos de México a "violatoria" sentencia contra cardenales

Mons. Ramón Castro Castro. Crédito: Captura de video / CEM.

La Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM) expresó su enérgica crítica a la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que confirma las sanciones contra dos cardenales y dos sacerdotes mexicanos por alentar un voto católico a favor de la vida, la familia y el bien común.

En un video mensaje difundido la noche del 20 de enero, el secretario general de la CEM y Obispo de Cuernavaca, Mons. Ramón Castro Castro, indicó que "la Iglesia, y quienes la integramos como ministros y ciudadanos, respetamos las decisiones de los tribunales de nuestro país".

Sin embargo, precisó, "no compartimos los razonamientos expresados por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, pues consideramos son violatorios de uno de los derechos humanos más importantes en un Estado democrático, la libertad de expresión".

El 19 de enero, la Sala Superior del TEPJF confirmó un fallo previo de la Sala Especializada del TEPJF contra el Arzobispo Emérito de Guadalajara, Cardenal Juan Sandoval Íñiguez; y contra el ex rector de la Universidad Pontificia de México (UPM), P. Mario Ángel Flores Ramos por transgredir el "principio de separación Iglesia-Estado" reconocido en la Constitución del país.

La sentencia de la Sala Superior deja fuera del caso y sin sanción al Obispo de Cancún-Chetumal, Mons. Pedro Pablo Elizondo Cárdenas.

Aunque no los menciona expresamente, ACI Prensa pudo confirmar que la sentencia de la Sala Superior del TEPJF también afecta al Arzobispo Primado de México, Carlos Aguiar Retes; y al P. Ángel Espinosa de los Monteros, sacerdote de la congregación de los Legionarios de Cristo.

La Sala Superior determinó que la Secretaría de Gobernación del gobierno de López Obrador deberá definir la sanción contra los cardenales y sacerdotes, que podría ir desde una simple amonestación hasta una multa de tres millones de pesos (alrededor de 150 mil dólares).

En el caso del Cardenal Sandoval Íñiguez, la sanción surge de su llamado del 1 de junio de 2021 a no votar por quienes "están en el poder", pues "se viene la dictadura o se pierde la libertad porque se trata de un sistema comunista, socialista que esclaviza".

El Purpurado dijo además que en ese proceso electoral estaba "en juego también la familia, el bien de la familia y de la vida, porque este gobierno ha adoptado la ideología de género".

Al Cardenal Aguiar Retes se le sentenció por decir, en junio de 2018, a puertas de las elecciones del 6 de julio de ese año que llevaron a la presidencia a López Obrador, que los católicos debían considerar en su voto a quien garantice el respeto a "los valores fundamentales de nuestra fe, como es el derecho a la vida, el derecho a la familia estable, el derecho a la educación, el derecho a la libertad religiosa".

El video del mensaje del Arzobispo de México, difundido originalmente solo para el clero de la Arquidiócesis Primada en 2018, circuló en diversas cuentas de redes sociales durante el proceso electoral de 2021.

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Mons. Elizondo Cárdenas, finalmente exculpado por la Sala Superior del TEPJF, originalmente fue sentenciado por recordar en enero de 2021 que "la Iglesia dice: no voten por los candidatos que apoyan el aborto, que están contra la familia, que están contra los valores, que están contra el matrimonio como Dios lo describre en la biblia, desde la primera página, varón y hembra los creó y les dijo creced y multiplicaos".

"Nosotros como creyentes fieles, católicos, no debemos votar por eso", añadió.

El P. Mario Ángel Flores Ramos fue sentenciado por su conferencia "La Doctrina Social de la Iglesia y el compromiso político en las elecciones del 6 de junio", en la que pidió que "no demos más poder a quien no ha sabido usarlo para el bien común" y "no brindemos más confianza a quien se dedica a dividir, no a unir, no a desarrollar".

"Cuidemos nuestra democracia, es de todos, no de una persona", dijo el sacerdote en esa ocasión.

El P. Espinosa de los Monteros, por su parte, fue sentenciado por alentar a los mexicanos a pedirle "a Dios la luz" antes de votar, y a no dar "ni un solo voto para los irresponsables, para los de la cultura de la muerte y de la división".

En su video mensaje del 20 de enero de este año, el secretario general de la CEM aseguró que "ninguno de los ministros de culto se manifestó a favor o en contra de un candidato o de un partido político específico, sino que en ejercicio de su libertad de expresión hicieron pronunciamientos personales sobre la realidad social del país".

"Consideramos que en un Estado democrático moderno, este tipo de resoluciones restrictivas de los derechos humanos se alejan de los parámetros establecidos en los Tratados y convenciones internacionales", insistió.

Mons. Castro Castro destacó luego que "la Conferencia del Episcopado Mexicano tiene plena confianza en que la Secretaría de Gobernación, autoridad a la que se ha remitido el asunto para resolver en el ámbito de sus atribuciones, determinará lo que corresponda de manera legal, justa y en pleno respeto a los derechos de los ministros de culto y ciudadanos mexicanos".

"Tenemos la certeza de que el Gobierno de la República sabrá ponderar que en las expresiones de los ministros implicados y en la posición de la Iglesia Católica en México no hay violación alguna al principio de separación entre Iglesia y el Estado", dijo.

El Prelado recordó luego que "en este 2022 se celebrará el 30º aniversario del restablecimiento de las relaciones" entre la Iglesia Católica y el Estado mexicano en 1992, tras décadas de un distanciamiento que se remontaba a la persecución religiosa gubernamental contra los católicos, a inicios del siglo XX, que detonó la Guerra Cristera.

El Secretario General de la CEM culminó su mensaje reiterando que "la Iglesia en México siempre ha colaborado y colaborará positivamente para construir el bien común".

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