La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló a favor de que las personas puedan cambiar de edad modificando su fecha de nacimiento en sus documentos de identificación, para así reflejar su "verdad personal".
En una sentencia difundida este 3 de diciembre, la Primera Sala de la SCJN se pronunció sobre una controversia sobre el artículo 1193 del Código Familiar del Estado de Sinaloa, que permitía el cambio de fecha de nacimiento "siempre y cuando la que vaya a establecerse sea anterior a la del registro".
Para la Primera Sala de la Suprema Corte "es viable admitir que la variación de la fecha de nacimiento también procede cuando sea posterior a la establecida en el registro".
Los ministros justificaron su decisión en que "el artículo 4o., párrafo octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce el derecho a la identidad de las personas y establece la obligación de las autoridades de garantizarlo".
"En ese sentido, si ante la sociedad una persona se ha identificado constantemente en sus actos privados y públicos con una fecha de nacimiento, entonces ello forma parte de su biografía, de su 'verdad personal'".