16 de noviembre de 2024 Donar
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Sentencia de la Corte IDH en Caso Manuela favorece infanticidios, denuncian

Imagen referencial. Crédito: Flavia Gava / Unsplash.

Líderes providas criticaron la reciente sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) contra El Salvador sobre el caso "Manuela", y advirtieron que favorece el delito de infanticidio en el país.

En declaraciones a ACI Prensa, Julia Regina de Cardenal, presidenta de la Fundación Sí a la Vida de El Salvador, dijo que "esta absurda sentencia" de la Corte IDH "es un atropello contra de la vida de bebés salvadoreños".

La líder provida criticó que los jueces de la Corte Interamericana ordenaron "reducir penas en casos del crimen de infanticidio" e "impedir que los médicos puedan denunciar para tratar de salvar las vidas de bebés que podrían ser rescatados".

Para Julia Regina de Cardenal, "esta sentencia está condenando a niños salvadoreños a no ser rescatados", por lo que los jueces de la Corte Interamericana "se están convirtiendo en cómplices de las madres al ordenar que no se pueda denunciar su delito".

En un comunicado difundido el 30 de noviembre, la Corte Interamericana indicó que la mayoría de sus magistrados fallaron contra El Salvador en el caso "Manuela", sobre la condena a 30 años a una mujer que asesinó a su bebé recién nacido asfixiándolo en una fosa séptica.

"El Tribunal señaló que las emergencias obstétricas, por tratarse de una condición médica, no pueden generar automáticamente una sanción penal", indicó la Corte en su comunicado.

"La Corte concluyó que, en el presente caso, no se garantizó el derecho a la salud sin discriminación, así como el derecho a la igualdad", añadió.

La Corte IDH ordenó luego a El Salvador una serie de medidas de "reparación", entre las que figura adecuar la "regulación" de penas para el delito de infanticidio e implementar "un programa de educación sexual y reproductiva".

La Corte ordenó además pagar 33 mil dólares a la plataforma abortista estadounidense Centro de Derechos Reproductivos (Center for Reproductives Rights), y otros 14,5 mil dólares a la Colectiva Feminista por el Desarrollo Local de El Salvador "por concepto de costas y gastos".

"Manuela", sobrenombre con el que las plataformas abortistas se refieren a María Edis Hernández de Castro, fue condenada en 2008 a 30 años de prisión por el Tribunal de Sentencia de San Francisco Gotera, en El Salvador.

De acuerdo a la corte salvadoreña, se comprobó que la mujer cometió el delito "de homicidio agravado, en perjuicio de su hijo recién nacido".

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Para los jueces de El Salvador, "Manuela", que murió luego en la cárcel debido a un cáncer, "sabía de su embarazo y que el mismo era producto de una infidelidad", y "optó por un comportamiento contrario a la naturaleza misma y a las exigencias del ordenamiento jurídico".

Manuela le arrancó el cordón umbilical a su bebé y lo arrojó a una fosa séptica. Ahí el bebé Dolores Gabriel, llamado así por su abuelo, falleció desangrado y ahogado en heces.

María Edis Hernández falleció en la cárcel a los dos años de su condena, a causa de un cáncer.

El Caso Manuela es uno de los más de 17 usados por las plataformas a favor proaborto para presionar a El Salvador a legalizar esta práctica.

El aborto en El Salvador está completamente prohibido y la Constitución reconoce "como persona humana a todo ser humano desde el instante de la concepción".

Para Sara Larín, presidenta de la Fundación VIDA SV de El Salvador, "la sentencia es terrible en muchos aspectos", aunque destacó que, contra lo que pretendían las organizaciones abortistas "la Corte IDH no ordenó la despenalización del aborto en El Salvador, nunca lo hace, ni siquiera por referencia indirecta".

En declaraciones a ACI Prensa, Larín señaló que "la intención original de los grupos abortistas era hacer pasar este caso como aborto tratándose de un infanticidio".

"Lo terrible es que precisamente por esto la Corte IDH ha ordenado a El Salvador a reducir las penas por infanticidio  y a modificar el procedimiento penal para investigar los homicidios contra bebés recién nacidos", expresó.

"Lo más reprochable de esta sentencia es que la Corte IDH exige que se regule el secreto profesional de los trabajadores de salud, para prohibir que los médicos reporten a las autoridades  cuando ha llegado una mujer a un hospital con evidencia de haber tenido un parto y el cuerpo del bebé ha desaparecido", dijo.

Sara Larín también consideró "indignante, escandaloso y repudiable que el El Salvador tenga que pagarle 33 mil dólares al Centro de Derechos Reproductivos y 14 mil dólares a la Colectiva Feminista".

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