La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) falló contra dos cardenales, un obispo y dos sacerdotes mexicanos porque alentaron a meditar bien el voto, rezar para pedir "luz" a Dios y no votar por promotores del aborto y la ideología de género en las elecciones del 6 de junio de este año en México.
Los sentenciados son el Arzobispo Primado de México, Cardenal Carlos Aguiar Retes; el Arzobispo Emérito de Guadalajara, Cardenal Juan Sandoval Íñiguez; el Obispo de Cancún-Chetumal, Mons. Pedro Pablo Elizondo Cárdenas; y los sacerdotes Mario Ángel Flores Ramos, ex rector de la Universidad Pontificia de México (UPM), y Ángel Espinosa de los Monteros.
En un boletín difundido el 18 de noviembre, el tribunal mexicano, máxima instancia en asuntos electorales, indicó que los ministros de culto incumplieron la legislación mexicana al publicar "videos en el marco del proceso electoral federal 2020-2021, a través de diversos perfiles y canales de Facebook, Twitter y YouTube".
El TEPJF señaló que los ministros de culto "transgredieron los principios constitucionales de separación Iglesia-Estado" y de "igualdad en la contienda".
La magistrada Gabriela Villafuerte Coello criticó que uno de los sentenciados alentó a los fieles católicos a "que rezaran y pidieran a Dios que los iluminara al momento de votar".
"Por supuesto esto no se debe de permitir", dijo Villafuerte Coello. "Los votos no son cosas celestiales ni espirituales, se trata de generar votos con conocimiento, con información, a partir de ponderar otras cosas y justo es lo que se debe de respetar, porque la inspiración celestial no nos va a llevar a tener a las mejores personas en los cargos de elección popular, es lógico", señaló.